martes, 25 de enero de 2022

FORMULA 5 DEL SUDESTE- REGLAMENTO 2022

 


 

 FORMULA 5 del SUDESTE 

 

REGLAMENTOS 2022

 

 

FEDERACION REGIONAL DE AUTOMOVILISMO 3 DEL SUDESTE

 

                                    

REGLAMENTO  DEPORTIVO

  

CAMPEONATO  DE  PILOTOS

AÑO 2022

Art.  1.  FISCALIZACIÓN:

 

El Campeonato Zonal de Pilotos Año 2022 correspondiente a la categoría  será fiscalizado por la Federación 3 del Sudeste.

 

Art. 2.  VIGENCIA:

 

El presente reglamento entra en vigencia el 1º de Enero de 2022 hasta el 31 de

 

Diciembre de 2022.

 

Art. 3.  REGLAMENTACIONES:

 

Serán de aplicación todas las reglamentaciones y regulaciones dictadas por el Ente Fiscalizador (E.F), los contenidos en el R.D.A., las Prescripciones Generales Zonales (PGZ), los aquí detallados y los que se legislen en el futuro.

 

Art. 4. OBLIGACIONES DEL ORGANIZADOR:

 

El organizador de competencias para el campeonato Zonal de FORMULA 5 del Sudeste, debe cumplimentar los siguientes requisitos mínimos básicos:

 

Ser una asociación o club afiliado a la Federación Regional de Automovilismo de la Federación 3 del sudeste de la C.D.A. del A.C.A.

 

Presentar con una anticipación mínima de quince (15) días el Reglamento Particular de la Prueba, el organigrama del evento.

 

 Manual de Seguridad para ser aprobados por la F.R.A.D. al comienzo del calendario anual.

 

El Manual de Seguridad se presentará detallando los servicios de seguridad, equipos de banderilleros y bomberos que actuarán, acompañado de un plano del escenario con la ubicación y cantidad de los mismos.

 

Con cinco (5) días de anticipación deberán remitir póliza y comprobante de pago a la F.R.A.D. del Seguro de responsabilidad civil para espectadores del espectáculo.

 

El incumplimiento de los requisitos enumerados en tiempo y forma implicará la no autorización de la competencia por parte de la F.R.A.D.

 

Art. 5. AUTORIDADES DEPORTIVAS:

 

Durante todo el transcurso del Campeonato los Oficiales Deportivos, que actuaran en cada una de las competencias serán:

 

DESIGNADAS POR EL ORGANIZADOR
- Director de la Prueba y Adjunto
- Comisario de boxes y Adjunto
- Comisarios de pista
- Jefe de Seguridad
- Jefe de Servicio Médico
- Banderilleros
- Cronometraje

 

DESIGNADOS POR LA F.R.A.D.
- Comisarios Deportivos
- Comisarios Técnicos
- Administrativos

 

Todas las autoridades deportivas actuaran en cumplimiento de los derechos y deberes establecidos en el capítulo "X" y concordantes del R.D.A. y lo determinado en el Reglamento de Campeonato y el correspondiente R.P.P.

 

Art. 6. COBERTURA MÉDICA:

 

Todos los pilotos en el momento de la Verificación Previa a la carrera deberán poseer obligatoriamente cobertura médica para el caso de accidentes en competencias automovilísticas

 

Solamente serán aceptados los sistemas de medicina prepaga si son presentados con un certificado (con firmas certificadas por Escribano Público) de cobertura especial para competencias automovilísticas emitida por el prestatario, y que diga expresamente que cubre las "competencias automovilísticas disciplina deportiva de alto riesgo”.

 

Quien no disponga de cobertura médica acreditando su vigencia no podrá participar en la competencia.


Art. 7. CANTIDAD DE COMPETENCIAS:

 

El campeonato estará compuesto por  Cuatro  (4) DOBLES, mínimo de fechas SEIS (6), incluidas en el calendario deportivo publicado en el anexo adjunto autorizado por la F.R.A.D. Este número de pruebas podrá ser  reducido, en caso de que alguna de las competencias programadas resultare imposible de realizar, por causas comprobada fehacientemente por la F.R A.D.




 

Art. 8.  VEHÍCULOS ADMITIDOS:

 

Todos aquellos que se hallen encuadrados  en la Reglamentación Técnica de la categoría FORMULA 5

 

Art. 9.  MÍNIMO DE PARTICIPANTES:

 

Para que la  Prueba Final otorgue puntaje para el Campeonato Zonal, deberá largar un mínimo de seis (6) automóviles de la categoría.

 

Para determinar la cantidad mínima serán considerados solamente los vehículos que por sus propios medios mecánicos se ubiquen en la grilla a disposición del largador  y aquellos que hayan concretado la largada desde boxes, saliendo de este sector (Art. 6 P.G.C.P. del R.D.A.).

Art. 9.1  BINOMIOS

 

1. Se permitirá en la Categoría Formula 5 del Sudeste, la inscripción de BINOMIOS, a partir de este campeonato

2. Para poder participar como tales, los pilotos integrantes de dicho BINOMIO, deberán constar con Licencia Médica y Deportiva al momento de su incorporación a la correspondiente categoría, para participar en el torneo. Si uno o ambos participantes contara con Licencia Medica únicamente, podrán participar de una sola competencia en el torneo no recibiendo puntos ni premios para el campeonato, (medida que será aprobada por Federación) no pudiendo continuar con dicha participación hasta no regularizar la situación mediante Licencia Deportiva.

3. Los puntos otorgados así como los premios correspondientes serán para el BINOMIO, no sumando los pilotos en forma particular.

4. En una misma competencia, no podrán participar ambos integrantes de un BINOMIO, sólo lo podrá hacer el piloto inscripto para la misma y no podrá ser reemplazado por el otro integrante del binomio bajo ninguna circunstancia.

Cuando se realicen dos competencias en la misma fecha y estas sean independientes entre sí en el desarrollo de

clasificación serie y final, se podrá cambiar el piloto en la totalidad de esa segunda competencia y de igual manera, no podrá

ser reemplazado por el otro piloto del binomio.

5. En un mismo evento o fecha, no podrán participar ambos integrantes de un BINOMIO, sólo lo podrá hacer el piloto inscripto en esa fecha, y no podrá ser reemplazado en la misma fecha por el otro integrante del binomio bajo ninguna circunstancia.

6. Si por cualquier alternativa, se disolviera el BINOMIO, cualquiera de sus integrantes podrá continuar compitiendo en forma particular, pero comenzará a sumar puntos y premios a partir de ese momento, sin tomar en cuenta lo obtenido por el BINOMIO.

 

7. Si un piloto que comienza a competir en forma particular, decidiera sumar a otro piloto para la integración de un BINOMIO, bajo el mismo criterio del inciso anterior, mantendrá sus puntos como particular hasta la fecha que participo como tal, comenzando a sumar puntos y premios como BINOMIO a partir de la participación como tal en el torneo.

8. Queda debidamente aclarado, por lo expuesto en los incisos 4 y 5, que no se sumaran en ningún momento los puntos o premios que obtengan los BINOMIOS, con los que cada piloto integrante del mismo pudieran obtener en forma particular, antes o después de conformado el dueto.

9. Es obligación en los casos de inscripción de BINOMIOS que al menos en una competencia del campeonato, participe cada integrante del mismo. Si por cualquier circunstancia uno de los pilotos no pudiera participar de ninguna competencia, el BINOMIO perderá los puntos y premios obtenidos en la fecha que haya logrado mayor cantidad de puntos o premios.

10. Si por razones de fuerza mayor debidamente justificada uno de los pilotos se viera imposibilitado de continuar compitiendo, el otro integrante del BINOMIO podrá sustituir a dicho participante por otro que no haya participado durante el campeonato en otro BINOMIO o en forma particular en dicho campeonato, continuando como BINOMIO, sumando puntos y premios. Únicamente se autorizará dicho cambio si el mismo obedece a cuestiones que imposibiliten al participante que deja de competir, de hacerlo por cuestiones debidamente verificadas (Ej: accidente, enfermedad, traslado a otra región que le permita continuar compitiendo, etc.). Estas alternativas serán analizadas por la Comisión Directiva de A.C.A.S. quienes tienen plena facultad para decidir al respecto y deberá ser informado a la F.R.A.D. N°3 DEL SUDESTE para su correspondiente autorización. Si se considerara como injustificada la causa del cese de participación de alguno de los integrantes, el nuevo BINOMIO, comenzará a competir a partir de ese momento sin sumar puntos ni premios obtenidos por el anterior BINOMIO.

11. Toda cuestión referida a la participación de BINOMIOS no contemplada en este Reglamento, que pudiera surgir de las alternativas de competencia o del propio Campeonato, serán analizadas oportunamente por la Comisión Directiva de A.C.A.S. y una vez resuelta se comunicará a la FRAD N°3 DEL SUDESTE para su aprobación.

12. En los casos de competencias especiales con pilotos INVITADOS, ambos integrantes del BINOMIO deberán contar con invitado, no pudiendo participar alguno de los titulares en las Series o Finales correspondiente a pilotos invitados. De igual manera en Competencias Especiales con DOBLE  FECHA, ambos pilotos podrán participar por separado, uno en cada fecha del evento.

 

 

Art. 10.  PUNTAJE:

 

Se realizara dos(2) tandas de pruebas libres, mínimo 10 minutos, que serán clasificatorias, y a continuación dos (2 ) pruebas finales, siendo la segunda (2°), con grilla invertida de acuerdo a la clasificación de la primera (1°), y ordenándose según las vueltas dadas en la primera final.                               

En las
 PRUEBA FINALES se asignará el siguiente puntaje:

 

           1° 20 PUNTOS

     2° 16  “       

                                                                 3° 14   “

4° 12   “

                                                                 5° 10  “

                                                                 6° 9  “

                                                                 7° 8  “

                                                                 8° 7  “

                                                                 9° 6  “

                                                                10° 5  “

                                                                11° 4  “

                                                                12° 3  “

 

 

Para la adjudicación de los puntos estipulados para la Prueba Final, el piloto tendrá que haber completado el 75% de vueltas cumplidas por el ganador.

 

Art. 11.  PROCLAMACIÓN  DEL  CAMPEÓN:

 

Obtendrá el título aquel piloto que hubiera logrado la mayor cantidad de puntos y cumpla con la condición de haber ganado por lo menos Una Prueba Final.

 

En caso de empate, en el que hubiera dos o más pilotos con la misma cantidad de puntos, el desempate se hará a favor del que hubiera logrado mayor número de primeros puestos. Si aun así no se definiera las posiciones, corresponderá el primer puesto a quien haya obtenido mayor número de segundos puestos, luego terceros y así sucesivamente.
En caso de continuar el empate logrará la mejor posición quien haya obtenido antes la mejor ubicación.
No se considerará para desempatar puestos la posición del “piloto invitado” (SI
 se considerara los puntos para el “piloto titular”)

 

Art. 12.  NUMERACIÓN:

 

Durante todas las competencias automovilísticas los vehículos participantes deberán llevar en el lugar indicado el número identificatorio

Las cifras que conforman el número de competición deberán ser de color blanco, con libre diseño en su tipografía sobre un fondo de color oscuro el cual genere contraste sobre el color blanco del número, el que deberá ser colocado el frente de la trompa y en ambos laterales

 

 

Art. 13.  ASIGNACIÓN DE BOXES:

 

Será efectuada por la asociación dentro del sector que le fuera asignado a la categoría por el organizador.

 

Art. 14. LICENCIAS DEPORTIVAS:

 

Para tener derecho a recibir puntos para el  Campeonato Zonal 2022  los pilotos
deberán poseer licencias deportivas otorgadas por la F.R.A.D.
En el caso de competir algún piloto con licencias de otras F.R.A.D., el mismo tendrá derecho a los premios que le corresponden por su clasificación, pero, a los efectos del puntaje su ubicación no será tenida en cuenta, asignándole los puntos correspondientes a los pilotos con licencias de la F.R.A.D. que le siguieran en las clasificaciones puntuables.

 

Podrán competir en estas condiciones una sola vez en el presente torneo.

 

Es obligación de los Pilotos y Concurrentes al hacer el trámite de licencias, proceder a la entrega de las fotos y certificados de aptitud física emitida por las entidades reconocidas por esta FRAD.
Toda licencia que sea emitida en forma provisoria, tendrá solamente validez por una competencia, una vez transcurrida la misma no será autorizada su participación hasta que no se complete el tramite definitivo.
 
Les será aceptado los tramites o gestión relacionada con licencias deportivas en el escenario donde se disputara la prueba, o también el mismo podrá ser gestionado con la debida anticipación en la secretaria de la F.R.A.D. (en cualquiera de sus filiales).

 

Art. 15. INSCRIPCIONES EN LAS PRUEBAS DEL CAMPEONATO:

 

En cada competencia los concurrentes y/o pilotos deberán formalizar su inscripción de acuerdo a lo dispuesto en el R.D.A., teniendo especialmente en cuenta que:
Los Pilotos para poder inscribirse deberán indefectiblemente contar con licencias deportivas de acuerdo a lo mencionado en el artículo 14.
 
Las inscripciones deberán efectuarse en el lugar que designe la categoría
 FORMULA 5 tres días antes de la prueba final y/o en la F.R.A.D. hasta las 20 horas del mencionado día.
La
 FORMULA 5 deberá ratificar ante la F.R.A.D. dentro de las veinticuatro  (24)  horas siguientes al cierre de inscripciones la nómina de inscriptos.
Quien esté inscripto y no participe de la competencia perderá todo derecho a reclamos sobre el importe abonado por este concepto.

 

El piloto que no haya cumplido con este requisito en tiempo y forma, será pasible de las sanciones que estipula el R.D.A. en el Art.  12º de las P.G.C.P.

 

El piloto que tenga pagos pendiente anteriores (con el ente fiscalizador)   no podrá efectuar su trámite administrativo hasta tanto no regularice la situación.

EI inscripto tomara parte en la manifestación deportiva de automovilismo a su exclusivo riesgo y libera al Organizador y al Ente Fiscalizador, así como a sus miembros y/o empleados de toda responsabilidad por daños materiales o personales que puedan sufrir y ocasionar con motivo de su participación en la prueba.

 

Todo concurrente o piloto que al realizar su inscripción formulara una falsa declaración en los datos solicitados, será considerado nula y sin efecto. Los Comisarios Deportivos de la F.R.A.D. que adviertan las irregularidades sancionara a los firmantes con la pérdida del derecho a participar, la exclusión de la competencia y la desclasificación conforme al momento en que se advierta la falsa declaración, debiendo adoptarse la medida inmediatamente de conocida aquella falta. Estas sanciones no excluyen las otras que pudieren corresponder.

 

Art. 15.1 INSCRIPCIONES PILOTOS SUPLENTES Y CAMBIO DE CONDUCTOR INSCRIPTO:

 

Ver Art. 12.1 y 12.2 del R.D.A. (Prescripciones para competencias en pista).

 

Art. 16.  VERIFICACIONES  PREVIAS:

 

Las Verificaciones Previas, tanto Administrativa como Técnica se realizarán el día establecido para el inicio de las Pruebas Oficiales en el horario que establezca el Organigrama de la Competencia, cumpliendo con lo establecido en las Prescripciones para Competencias Zonales de Pista.

 

En la Verificación Técnica Previa y en cualquier momento del evento los Comisarios Técnicos podrán verificar los elementos de seguridad pasiva: CASCOS INTEGRAL, BUTACA, GUANTES, BUZO ANTIFLAMA, CAPUCHA, BOTAS, CINTURONES y HANS. Los mismos deben estar en perfectas condiciones de uso.

 

Los Comisarios Deportivos dispondrán la realización de una reunión obligatoria de pilotos, determinando lugar y hora al momento de realizarla Verificación Administrativa, la inasistencia de los mismos deberá estar justificada debidamente.
De no ser justificada debidamente los Comisarios Deportivos podrán aplicar otra sanción pudiendo llegar hasta la exclusión.

 

Art. 16.1 PASAPORTE TÉCNICO:

 

Cada concurrente deberá empadronar su automóvil  de competición y recibirá de la Comisión Técnica de la FRAD, en su primera carrera un Pasaporte Técnico, el cual obligatoriamente deberá ser presentado en cada Verificación Técnica Previa o cuando le sea requerido. Será responsable sobre la falta del mismo, ausencia de algunas de sus hojas componentes o cualquier enmienda no autorizada.

 

Art. 16.2 CARACTERISTICAS DE LOS EVENTOS:

 

Estas se desarrollaran según los horarios establecidos en el R.P.P., siendo  de la siguiente forma:
Entrenamientos, Clasificación y Final.

 

 

 

Art. 16.3  REUNION DE PILOTOS Y/O CONCURRENTES:

 

Se dispondrá la realización  de una Reunión de Pilotos y/o Concurrentes o su representante acreditado antes las Autoridades de la Prueba.

 

Art. 17.  ENTRENAMIENTOS:

 

 Tanto para los entrenamientos no oficiales como para los oficiales, para dar cumplimiento a estas pruebas el organizador deberá habilitar el circuito con todos los operativos de seguridad y sanidad aprobados por la F.R.A.D.

 

Terminada la Verificación Previa las Autoridades Deportivas procederán a la conformación de las tandas de entrenamiento estableciendo quien participará en cada una de ellas.

 

El criterio a implementar para su conformación consistirá en dividirlos de acuerdo al ranking vigente y estableciendo un orden de participación rotativo en el transcurso de campeonato.

 

La conformación de estos grupos se dará a conocer treinta (30) minutos después de terminada la verificación. Los participantes podrán intervenir únicamente en la tanda asignada, no será aceptado ningún cambio.

 

Cuando la capacidad del circuito así lo determine, los Comisarios Deportivos podrán conformar tres o más grupos.

 

Se  realizará como mínimo una tanda por grupo, con una duración mínima de 10 minutos y un  máximo de veinte (20) minutos.

 

Nota: Todo el evento se realizara el día domingo.

 

Art. 18.  INTERRUPCIÓN  DE  UN  ENTRENAMIENTO:

 

En el caso que un entrenamiento sea interrumpido habiendo cumplido el 80% del tiempo establecido, los Comisarios Deportivos podrán darlo por terminado.

 

Art. 19.  TANDAS  DE  CLASIFICACIÓN:

 

Para el desarrollo de esta actividad en pista, el circuito será habilitado con todos los operativos de seguridad y sanidad aprobados por la F.R.A.D.

 

Para realizar las Tandas de Clasificación los grupos estarán conformados igual que para el entrenamiento, pudiendo cada participante salir únicamente en la tanda que le fuera asignada. Para el caso que así no lo hiciera, para la serie clasificatoria, será ubicado a continuación de quienes cumplieron con la clasificación, salvo que la cantidad de autos máximos aprobados para el circuito  no lo permitiera.- En este caso no se autorizará su participación.

Se le dará un punto (1) al ganador de la clasificación.

 

De haber más de un participante en esta situación los Comisarios Deportivos realizarán un sorteo para establecer su ubicación en la grilla.

 

No antes de transcurridos sesenta (60) minutos de finalizado el Entrenamiento Oficial se realizará como mínimo una tanda de clasificación para cada grupo, con una duración no inferior a diez (10) minutos y / o dos (2) de cinco (5) minutos o según los cronogramas para cada competencia.

 

Durante el transcurso de la Tanda de Clasificación los autos participantes tienen prohibido el ingreso al interior de los boxes o al patio de boxes, la atención del vehículo se deberá efectuar en la calle de boxes. Quien no cumpla con esta disposición será sancionado con la quita de los tiempos obtenidos.

 

Cumplido el tiempo estipulado se mostrará la bandera a cuadros al primer auto que pase por la línea de llegada y a continuación a los demás participantes.

 

Finalizada la tanda o cuando un participante quiere detenerse definitivamente, deberá ingresar directamente al Parque Cerrado.- Quien así no lo hiciere le serán retirados los tiempos obtenidos.

 

Si por razones de fuerza mayor no se pudieran realizar las pruebas de clasificación, el ordenamiento de largada de la prueba en cuestión se realizará según lo establecido en el Art. 22 de la P.G.C.Z. del R.D.A.

 

En caso de interrupción de la prueba, si se hubiera cumplido el 80% del tiempo establecido se dará por terminada la tanda, hecho que no transforma la misma en atípica.

 

Cuando las pruebas de clasificación, se lleven a cabo en condiciones climáticas distintas, es decir, que alguna de ellas se desarrolle con lluvia o inconvenientes en la pista, o que por algún otro motivo de fuerza mayor, (obstrucción, aceite en pista, etc.) no se  realice alguna de ellas normalmente, los Comisarios Deportivos podrán disponer que el Ordenamiento de largada de las Series o de la Final se conforme de manera atípica.
En estos casos procederán de la siguiente forma:
Se tomara el mejor tiempo de clasificación y a continuación se ordenara por puestos, hasta completar las grillas de largada de las Series Clasificatorias.
La determinación que una o más tandas son atípicas es resolución exclusiva de los Comisarios Deportivos y tal decisión es inapelable.

 

Entre el final de la Tanda de  Clasificación y la largada de la Serie Clasificatoria o Prueba Final deberá mediar un lapso de tiempo no inferior a sesenta (60) minutos.

 

Las Tandas de clasificación se harán como máximo 5 minutos más, de lo estipulado en los cronogramas oficiales.

 

Art. 20. FALSA LARGADA:

 

En todas las competencias serán colocados Jueces de Largadas. 
La penalización por falsa largada será de una sanción de recargo de tiempo y / o penalización boxes (según determina el R.D.A. Art. 15.2 P.G.C.P.)

 

Esta penalización será comunicada al piloto en cuestión y a todos los demás participantes, mediante una pizarra negra con números blancos indicando el número de automóvil  durante tres pasadas frente a la línea de llegada, el no cumplimiento ocasionará la exclusión automáticamente.
Para dar cumplimiento con la sanción el piloto deberá circular por el carril externo de boxes a una velocidad no mayor de sesenta (60) kilómetros por hora.
 
Si algún piloto coloca el auto fuera del lugar asignado para la largada "cajón" o se moviera mientras esta la luz roja encendida, o se moviera cuando se está por largar, será penalizado.

 

Nota: las largadas se realizaran en movimiento, a una velocidad  máxima de 60 Km. por hora.

 

Art. 21. PRUEBA FINAL:

 

Es la prueba que determina el ganador de la competencia y a cuya Clasificación Final se le asignará el puntaje válido para el Campeonato de Pilotos 2022.

 

Deberá cumplirse para las pruebas finales un recorrido mínimo (desde la luz verde hasta el final) de  10 a 20 kilómetros salvo que antes de recorrer esta distancia se cumplan  veinticinco (25)  minutos de carrera.- En este caso al puntero se le mostrará la bandera a cuadros al final de la vuelta en la cual cumpla el tiempo máximo.

 

Todos los automóviles que luego de finalizada una tanda y/o serie clasificatoria o prueba final  y queden en el circuito se encuentran bajo el mismo régimen de parque cerrado, debiendo ser llevados en forma inmediata por los auxiliares de pista directamente a parque cerrado.

 

El incumplimiento de estas normativas implicará la aplicación de sanciones por parte de los Comisarios Deportivos, que serán desde el apercibimiento, hasta la exclusión parcial o total de la prueba.

 

Art. 22.1. ARMADO GRILLA PRUEBA FINAL

 

La conformación de la grilla de largada de la 1°competencia Final se ordenara con los autos según los tiempos obtenidos en la Clasificación 

Para completar la Grilla de la Prueba Final , de haber pilotos habilitados sin  tiempos, se sortearan para ser integrados a la grilla,  en primer lugar aquellos que no hayan sufrido sanciones de ningún tipo durante el desarrollo de la  Clasificación y por ultimo de ser necesario se sortearan los pilotos sancionados.

Al concluir cada Clasificación y Finales, los autos deberán ingresar al Parque Cerrado para las Verificaciones Técnicas, quedando liberados cuando las Autoridades lo determinen.

 

Art. 23. RECORRIDO MÍNIMO PARA OBTENER PUNTOS:

 

Todos los autos serán clasificados teniendo en cuenta la cantidad de vueltas completas que hayan cubierto, y el tiempo empleado, en el caso de los que hayan cubierto la misma cantidad de vueltas completas, según el orden en que cruzaron la línea de llegada. 
Los autos que hubiesen cubierto menos del setenta y cinco (75 %) por ciento de la cantidad de vueltas cumplidas por el ganador (redondeando hacia arriba el número entero de vueltas completas) no serán clasificados.
 
La clasificación oficial será la publicada luego de la carrera, siendo el único resultado valido sujeto a cualquier modificación que pudiese proceder según el R.D.A. y el presente reglamento.

 

Art. 24.PUNTUACIÓN EN PRUEBAS SUSPENDIDAS:

 

Cuando una prueba integrante del campeonato deba ser suspendida durante el desarrollo por cualquier causa, los puntos se asignaran de la siguiente forma:
I.  Si ha sido suspendida antes de cumplirse el treinta por ciento (30%) de su recorrido no otorgara puntaje para el campeonato.

 

     1.     Si lo ha sido entre el treinta (30%) y el setenta y cinco (75%) por ciento, otorgara la mitad del puntaje previsto originalmente para la competencia completa.-

 

     2.     Si la suspensión se produce luego del setenta y cinco por ciento (75%) de su recorrido total, se adjudicara la totalidad de los puntos en disputa.

 

 

A   los  efectos  del  otorgamiento   del   puntaje   la  cantidad  de   vueltas  será 
redondeada hacia arriba.

 

Art. 25. PROCEDIMIENTO DE LARGADA EN MOVIMIENTO:

 

Según artículo 15.1.2. Del  R.D.A.

 

 

Art. 25.1 LARGADA DETENIDA:
Según artículo 15 del RDA.

 

Art. 25.2. LARGADA CON PISTA HUMEDA:

 

Cuando el Director de Carrera o el Comisario Deportivo, determine que la largada es con PISTA HUMEDA el procedimiento será el siguiente:
El procedimiento hasta la bandera verde será el reglamentado en el Art. 15 del RDA.
A partir del momento que la misma sea exhibida, se inicia el primer giro previo con Auto de Seguridad.
Al cruzar la línea de sentencia frente a la Torre de Control (se hace apertura de tiempos y vueltas) y durante una  vuelta más, los autos continuaran alineados detrás del Auto de Seguridad como reconocimiento de pista DEBIENDO  mantener sus posiciones. Cuando estén por cumplir la segunda vuelta, el Auto de Seguridad se retirara de la pista.
 
Durante el transcurso de las vueltas indicadas precedente, para el caso de pérdida de posiciones, rige la misma reglamentación que para la Vuelta Previa de una largada normal.
El adelantamiento será penalizado según lo reglamentado en la intervención del Auto de Seguridad.
 
Salvo para la clasificación que se iniciará la toma de tiempos y vueltas  a partir de la bandera verde, en el puesto de control de la carrera (de la largada efectiva de la prueba).

 

En caso de determinarse carrera con pista húmeda, solo se podrá optar por cubiertas slick

 

Art. 26. VEHICULO DESPISTADO:

 

Todo vehículo despistado puede recibir  ayuda externa, si arranca en el primer intento.

 

 Art. 27. AMONESTACIONES Y APERCIBIMIENTOS:

 

La suma de cinco (5) amonestaciones o apercibimientos en un mismo campeonato, aplicada por los Comisarios Deportivos o por la F.R.A.D. implicará la suspensión automática por una fecha, la cual es inapelable, quedando imposibilitado de correr en otra categoría hasta tanto la misma sea efectivamente cumplida en la categoría por la cual fue impuesta. 

 

Serán computadas también como tales los apercibimientos impuestos en carrera.

 

Art. 27.1. PENALIZACIONES

 

Las infracciones o transgresiones a los Reglamentos, serán pasibles de sanción según lo establecido en el R. D. A.
Asimismo y en caso que se cometa una infracción de conducción peligrosa o antideportiva durante cualquier Prueba Oficial los Comisarios Deportivos podrán hacerle perder al Piloto tantas posiciones de grilla como considere apropiado, en la Prueba Siguiente del Evento que se esté disputando o del Evento Siguiente.
 Esta sanción no es apelable. 
Si la infracción cometida, los Comisarios Deportivos, la consideren de suma gravedad, podrán solicitar a la Mesa Directiva la quita de puntos del presente Campeonato
 siendo esta medida apelable.

 

Art. 28: TIEMPO PARA REALIZAR DENUNCIAS, APELACIONES Y RECLAMACIONES

 

El tiempo para realizar cualquier tipo de denuncia o reclamación es 1 (una) hora de publicada la desclasificación. 
El tiempo para realizar apelación técnica es 1 (una) hora de su comunicación fehaciente de exclusión.

 

Art. 29. RECLAMACIONES:

 

El derecho a reclamación solo corresponde a los concurrentes, según lo previsto en el RDA.
El mismo deberá ser dirigido al Comisario Deportivo por escrito, dentro de la hora de  notificado de la sanción. La reclamación le será entregada al Director de la Prueba.

 

Art. 30. APELACIONES:

 

El derecho a apelación solo corresponde a los concurrentes, según lo previsto en el R.D.A.
El mismo deberá realizarse por escrito, para las apelaciones deportivas y técnicas.

 

Art. 31. CONTROL  TÉCNICO  FINAL:

 

Al finalizar las pruebas oficiales los automóviles participantes deberán ingresar al Parque Cerrado o al lugar que dispongan las Autoridades de la Prueba, quedando a disposición de éstas para las verificaciones que se considere efectuar.

 

Como mínimo, los clasificados Primero, Segundo y Tercero, serán revisados para determinar si se encuentran en condiciones reglamentarias y para constatar si el auto es el mismo que se presentó en la Verificación Técnica Previa y si hay lugar a la aplicación de las penalizaciones previstas en el R.D.A., R.C, PGZ  y/o  R.P.P.
Los mecánicos deberán contar con un aparejo para poder sacar los motores.

 

Art. 32.  COMBUSTIBLE:

 

Será nafta comercial del tipo Súper, no pudiendo exceder de 103 RON.

 

Se permite el agregado de un lubricante de venta usual, siempre que no incremente el número de octanos, de agua, ni tenga compuestos oxigenados o nitrogenados.- No está permitido el agregado de alcoholes ni potenciadores. Únicamente aire será mezclado como oxidante.
Art. 33.  CONTROL DE COMBUSTIBLE:

 

Se verificará a través de análisis especializados la calidad del combustible en el laboratorio que designe la F.R.A.D.

 

Durante y con posterioridad al desarrollo de las distintas pruebas que conforman la competencia se podrán extraer tres (3) litros de combustible de los vehículos designados por los Comisarios Deportivos.

 

De los tres litros retirados, uno es para el análisis, otro queda para el piloto y el restante como contraprueba.

 

Si no es posible retirar la cantidad establecida de combustible, el retirado será muestra absoluta y válida para el estudio y veredicto.

 

De no ser posible retirar un mínimo de un (1) litro de combustible, se procederá a la desclasificación y/o retiro de tiempos, según corresponda.

 

Cuando el análisis supere el límite máximo establecido de 103 RON o se constate el agregado de elementos no autorizados, el concurrente y el piloto podrán ser pasibles de sanciones complementarias a la desclasificación.

Las competencias en las cuales se efectúe el retiro de combustible para su análisis, quedarán con la clasificación en suspenso a referéndum de los resultados.

 

Art. 34.  CAMBIO DE MOTOR:

 

Quien cambie el motor con posterioridad a la Clasificación perderá los tiempos obtenidos, largará en la última posición en la prueba que corresponda, si  el cupo de autos habilitados por el circuito se lo permitiera.

 

Art. 35.  RESCATE  DE  VEHÍCULOS:

 

A partir del inicio de las Pruebas Finales, salvo indicación contraria del Director de la Prueba o de los Comisarios Deportivos, los autos que abandonen en el circuito serán ubicados en lugar seguro y no serán trasladados a  los boxes y/o parque cerrado hasta la finalización de la prueba                                                                                         

 Art. 36: PROHIBIDO TERMINANTEMENTE:

 

1.     Practicar “Largadas” en los boxes, pistas auxiliares, y durante el recorrido hacia la largada, salvo en los lugares pre establecidos.

 

2.     Retirar los autos de boxes o parque cerrado, sin autorización del Comisario Deportivo.

 

3.     El uso de GPS y cualquier adquisición de datos

 

4.     El Reabastecimiento en pista (Toda reparación que se deba realizar en la pista, deberá ser efectuada por el piloto y con las herramientas que tenga en el vehículo.)

 

5.     Realizar cualquier tipo de “Petitorio “con las firmas de los pilotos.

 

La puesta en marcha de los motores en boxes sin silenciador correspondiente (salvo cuando los autos van a salir a pista).

 

Art. 37: OBLIGACION DEL PILOTO AL FINALIZAR LA COMPETENCIA:

 

Quedan obligados tanto el piloto como el acompañante luego de terminada cada competencia deberán llevar Cinturones de Seguridad colocados y abrochados, como así también los Cascos puestos hasta llegar a BOXES, PATIO DE BOXES O REVISACION TECNICA. En caso de no cumplirse con lo expuesto será pasible de sanción. El piloto es responsable que se cumpla con estas medidas de seguridad.

 

Art. 38. ULTIMA CARRERA DEL AÑO:

 

En esta competencia queda expresamente prohibida la participación a cualquier piloto que no hubiera intervenido por lo menos en una Prueba Final del  presente Campeonato.
No será considerado el piloto que haya participado en la competencia como invitado.

Esta norma será estudiada por la CD, si se presentar la situación.

 

Art.  39. PESAJE DEL VEHICULO

 

Es obligatorio para todo piloto, ni bien terminada la competencia, dirigirse a Parque cerrado a verificar el pesaje.

 

En todo momento de las pruebas oficiales y verificaciones del vehículo deberá cumplir con el peso mínimo en las condiciones que se encuentre no estando permitido el agregado de lubricantes, líquidos de ninguna naturaleza, refrigerantes, etc.

 

Exclusivamente en caso de accidente, el Comisario Deportivo evaluará en cada oportunidad, a su solo criterio, la reposición total o parcial de cada elemento faltante.

 

Art. 40: SISTEMA LISSO:

 

Sistema Liso es de uso obligatorio.

 

 

 

Art. 41. CODIGO DE BANDERAS:

 

1.     BANDERA ARGENTINA O CLUB ORGANIZADOR: Indica, largada de la competencia, pudiendo ser reemplazada por semáforo.

 

2.     BANDERA ROJA: Indica interrupción de la carrera. Esta bandera en lo alto y agitada informa a todos los pilotos que deben parar la carrera inmediatamente y dirigirse a boxes o al lugar previsto por las normas del evento, con extrema precaución para detenerse si fuera necesario.

 

3.     BANDERA BLANCA Y NEGRA: Dividida en dos partes, diagonalmente, mitad blanca y mitad negra. Se levanta quieta con un número en blanco sobre un cartel señalando él número al que le corresponde dicha advertencia por conducta antideportiva, es decir un APERCIBIMIENTO.

 

4.     BANDERA NEGRA: Informa al piloto del coche cuyo número se exhibe que debe detenerse en su box en la próxima vuelta. EXCLUSION.

 

5.     BANDERA NEGRA CON DISCO NARANJA: Se exhibe junto con la señalización del número del auto al que se le impone dicha advertencia de que el mismo tiene problemas mecánicos que lo ponen tanto a los ocupantes del auto como a otros pilotos en situación de riesgo y significa detenerse en su box en la próxima vuelta a fin de reparar.

 

6.     BANDERA AMARILLA AGITADA: Señal de Peligro. Conduzca dentro de sus límites, no se adelante. Hay peligro junto a la pista. Su señalización puede ser temporaria o permanente. Se exhibirá durante dos vueltas y luego se retirara, aun cuando se hubiera comprobado que es imposible retirar el obstáculo.

 

7.     BANDERA AMARILLA DOBLE AGITADA: Disminuya la velocidad. No se adelante. Este listo para cambiar de dirección o seguir una ruta no habitual. Hay peligro en la pista.

 

8.     BANDERA AMARILLA CON RAYAS ROJAS: Informa a los pilotos que las condiciones de pista se han modificado en el área siguiente a la bandera. Se utiliza frecuentemente por derrame de aceite, charco de agua, en caso de lluvia zona resbaladiza.

 

9.     BANDERA VERDE: Libre paso. Se utiliza a) Al final de un área de peligro controlado por banderas amarilla. B) Indicar el comienzo de una vuelta. C) Pista libre luego de haber circulado con Auto de Seguridad.

 

10. BANDERA BLANCA: Vehículo en movimiento lento en la pista, pudiendo ser auxilio o ambulancia.

 

11. BANDERA AZUL INMOVIL: Indica que un vehículo más veloz está a punto de pasarlo. Ceda el paso.

 

12. BANDERA AZUL AGITADA: Indica que un vehículo más veloz está a punto de pasarlo. Ceda el paso inmediatamente.

 

13. BANDERA A CUADROS: (BLANCA Y NEGRA): Indica finalización de la competencia.

 

 

 

 

REFERENTE A PRUEBAS LIBRES

 

El día anterior a la carrera, sábado, podrán realizar pruebas libres, solamente los pilotos debutantes en la categoría. 

 

PRUEBAS LIBRES PARA DÍA LA CARRERA:

 

SERÁN NECESARIAS DOS PRUEBAS LIBRES DE 10 MINUTOS  SIENDO A SU VEZ  CLASIFICATORIAS.

 

ANEXO 1:

 

1°  COMPETENCIAS SUSPENDIDAS:

 

LAS MISMAS SE RECUPERARAN EN LA OPORTUNIDAD QUE SE PLANIFIQUE CON  LOS AUTODROMOS O CLUBES Y CON LA AUTORIZACION DE LA F.R.A.D.

 

LA MISMA SE REALIZARA SOLAMENTE CON LOS PILOTOS INSCRIPTOS EN DICHA OPORTUNIDAD.

 

 

NOTA: FIRMAN COMISION DIRECTIVA

 

 

Roman Mandes

PRESIDENTE FORMULA 5 del SUDESTE

AÑO 2022

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FORMULA 5 del SUDESTE

REGLAMENTO  TECNICO

CAMPEONATO  DE  PILOTOS

AÑO 2022

Art. 01 – Vigencia.

El presente reglamento tendrá vigencia desde el 1º de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022

Art.02 – Disposiciones generales.

La interpretación del presente reglamento debe hacerse en forma absolutamente restrictiva, es decir que solamente se permiten las modificaciones autorizadas.- De la misma forma, las libertades estarán restringidas únicamente al elemento liberado.
Las dudas originadas en el presente reglamento deberán ser consultadas por escrito a la Federación 3 del Sudeste, única autoridad de interpretación y aplicación del presente reglamento, obteniendo respuesta por el mismo medio.
Ningún elemento original del vehículo podrá cumplir una función distinta de la específicamente prevista por el fabricante, o de la función prevista por el presente Reglamento en caso de ser un elemento no original del vehículo declarado.

Se entiende por:
Similar: a toda pieza de diferente fabricante con las características del original.
Opcional: a optar por tener o quitar una pieza.
Libre: la libertad de su trabajo o cambio, pero debe estar.
Reemplazo de burlonería: Toda tuerca, bulón, tornillo o espárrago etc. puede sustituirse por otro/s de diferentes medidas entre sí.
Inserto: Se permite el inserto (proceso Helicoy) en las roscas.
Adición de material: Toda adición (agregado) de material o pieza está prohibida, salvo que este reglamento lo autorice específicamente en alguno de sus artículos.

Art.03 – Medidas de seguridad.

a) Extintor.
Es obligatorio el uso de uno de 1 Kg. como mínimo de polvo químico y con manómetro indicador de carga. Debe estar perfectamente sujeto con flejes metálicos de acople rápido de seguridad al alcance del piloto o accionable a distancia. El accionamiento a distancia deberá estar correctamente señalizado con una “E”.b) Cinturón de seguridad.

Es de uso obligatorio y únicamente del tipo arnés de competición de 2 pulgadas de ancho como mínimo, sujetos a la estructura con bulones de acero de 8mm de diámetro como mínimo, con arandelas y debe tener cinco anclajes.

c) Indumentaria del piloto.

Es OBLIGATORIO  el uso de buzo antiflama y casco integral, botas, guantes y capucha, todos ellos del tipo antiflama.

d) Casco de protección.

De uso obligatorio y debe ser del tipo integral

e) Almohadilla apoya cabeza.

Es de uso obligatorio y puede estar fijo a la butaca formando una sola pieza, o fijo a la estructura del chasis.

f) Butaca.

Deberá ser del tipo anatómico de una sola pieza.

g) Identificación del vehículo.

El número que debe exhibir el auto será de libre diseño y debe ser de trazos blancos sobre fondo negro. Deben estar colocados sobre ambos laterales del vehículo y en su parte delantera, visible y que no permita confusiones. El nombre del piloto debe estar en una ubicación visible y junto deberá tener el grupo sanguíneo.

h) Corte de corriente.

En el caso de tener batería debe contar como mínimo con dos (2) cortacorrientes, uno ubicado en el interior al alcance del piloto y el otro en el exterior señalizado con un triángulo azul con un rayo rojo en su interior.

i) Luz de lluvia.

Es de uso obligatorio y deberá dar luz  de color ámbar o rojo, ubicado en la parte alta trasera del chasis y activada por un interruptor al alcance del piloto.

Art. 04 – Carrocería.

Debe ser similar a la de un auto de competición monopostos con ruedas descubiertas.
No debe tener elementos provisorios
Debe tener dos (2) espejos retrovisores.
La trompa debe ser de fibra de vidrio, pudiendo tener una estructura interior de caño para su sujeción. No podrá estar recubierta en chapa o aluminio

Art.05- Bastidor.

a) Construcción libre de fabricación nacional.

b) Su estructura debe estar compuesta por caños estructurales  soldados y no abulonados. Puede ser monocasco.

c) Debe tener una trocha mínima de un (1) metro, medido de centro a centro de la banda de rodamiento de los neumáticos y un mínimo de un metro con cincuenta  (1,50) de distancia entre ejes.

d) Arco de seguridad
Debe tener dos arcos. Uno posterior al piloto y otro anterior al volante de dirección; éste debe pasar la altura del volante en 15 mm.  como mínimo.
Trazando una línea que una los puntos más altos de ambos arcos; el casco del piloto normalmente sentado debe estar debajo a una distancia mínima de 10 cm
Los dos arcos deben estar triangulados y ser parte de la estructura del chasis.

e) Se prohíbe el uso de titanio o fibra de carbono.

Art.06 –Dispositivos aerodinámicos.

a) Los elementos aerodinámicos no son de uso obligatorio; pero en el caso de utilizarlos no pueden ser movibles durante la marcha del vehículo y se deben respetar
las siguientes medidas:

Alerón trasero:

No podrá sobrepasar los 80 cm. desde el suelo hasta el borde de fuga, y la envergadura no deberá pasar la tangente a la cara interna de las ruedas traseras. Hacia atrás la distancia máxima es de 60 cm. desde el centro del eje trasero hasta el borde de fuga del alerón.

Alerón delantero:

La envergadura no deberá sobrepasar la tangente interna de las ruedas delanteras. La altura del borde de fuga no debe superar el centro de las ruedas delantera.

Art.07- Pontones:

El uso de pontones laterales no es obligatorio, pero en caso de utilizarlos no podrán sobrepasar la línea externa de las ruedas trasera.

Art.08 – Suspensión:

a) La suspensión debe ser efectiva en las cuatro ruedas y los elementos que la componen son de construcción libre.

b) Los amortiguadores  deberán ser hidráulicos no presurizados.

Art.: 09 – Frenos:

El sistema debe ser hidráulico, de doble circuito y actuar sobre las cuatro ruedas simultáneamente.

Art.10: - Dirección:

El volante de dirección debe ser enterizo y poseer un dispositivo de extracción. Se prohíbe el uso de volantes de madera.
Debe tener una caja de dirección con una desmultiplicación de ¾  de vuelta de tope a tope como mínimo. Se prohíbe el uso de elementos flexible tales como correas, cables o cadenas.

Art.11 – Llantas:

El formato y diseño de las llantas es libre. Diámetro 10 pulgadas.

Art.12 – Neumáticos:

Deben ser marca Mediterráneo y su dureza mínima de 47 shore. El diámetro es de 10 pulgadas. La banda de rodamiento de los neumáticos delanteros es de 4 pulgadas (+- 3/8) y los traseros de 6 pulgadas (+- 3/8)
Se permiten hasta tres (3) juegos nuevos por piloto y por campeonato, contándose como juego nuevo el usado a partir de la segunda competencia del campeonato.

Art.13 – Tanque de combustible:

Su construcción es libre.
El material a usar es fibra de vidrio o chapa no ferrosa.
Debe estar sujeto en condiciones de máxima seguridad y tener un respiradero antivuelco.

Art. 14 – Combustible:

La nafta será de uso comercial, máximo 103 RON
Está permitido el uso de lubricantes en el combustible
Está prohibido el uso de aditivos alcohólicos, oxigeno portantes o nitrados, o cualquier elemento que aumente el octanaje de la nafta.

Art. 15 – Peso:

 

El pesaje se hará en condiciones de marcha, incluido el piloto con todos los elementos de seguridad que deba usar.
Peso mínimo para los autos:
Con motor Zanella  230Kg,
Con motor Gilera Hiro 245 Kg.
Con motor Agrale 240 Kg.

Con motor 4T 245 Hg
En caso de ser necesario se puede agregar lastre, que debe ser sólido  de bloque de plomo y estar fijado al chasis en condiciones de máxima seguridad, con dos (2) bulones de acero de 8 mm. y arandelas y su posición es libre.

Art 16-Medicion de la compresión:

Para la medición de la compresión se usara la formula

RC=Vcil+Vcc/Vcc

Donde RC=Relación de compresión

Vcil= Volumen real del cilindro. Valor Pi=3,1416

Vcc=Volumen cámara de combustión

El cilindro se sella con grasa neutra y el líquido para medir es aceite. Se tomara hasta el primer hilo inferior del alojamiento de la bujía.

Art.17 – Motores:

Se permiten los motores 4 tiempos, Honda xr250 (tornado) y cbx250 (twister) originales std, se podrá cambiar el CDI a marca LEMM con corte de rpm hasta 10.600 RPM con sistema de alimentación a carburador y escape a elección.

El diámetro de plato de válvulas de admisión deberá ser de 28mm y diámetro de plato de válvula de escape de 23,5mm

En los motores Honda ya especificado, se permite potenciar hasta 333,70cc, y  en el Rouser hasta 260cc respetivamente

Ambos motores aspirados con 1 carburador de hasta 36 cortina plana y 38mm cortina circular.

Para los motores Rouser las válvulas deberán ser las originales con un diámetro de plato de 24mm para la admisión y de 29mm para las de escape

Solo se podrá trabajar las bocas de admisión y escape sin modificar válvulas.

Las bielas deberán ser las originales (no de competición) para motores 4 tiempos.

 Los pistones deberán contar con 2 aros de compresión y 1 de rasca aceite

Para los motores mencionados, Agrale, Hiro, Zanella y 4 Tiempos la compresión máxima es 13 a 1. Sin tolerancia.
Carburadores: Deben ser para motores de moto. De cualquier marca y tipo, de fabricación en serie y estar en el catálogo del fabricante. La medida debe estar punzonada o en relieve en el cuerpo.
La medida se verifica con un calibre pasa-no pasa provisto por la Asociación. La tolerancia es de 0,1 mm.
El mencionado calibre debe tener incorporada la tolerancia.
Las medidas de los carburadores son de hasta la medida indicada para cada motor, por lo tanto se pueden usar carburadores de medidas más chicas.
Es obligatorio el uso de embrague y su funcionamiento efectivo.
Se prohíbe la sobrealimentación y/o  la inyección de combustible.

Motor Zanella:

De ser monocilíndrico de dos tiempos refrigerado por aire o agua. Se podrá anexar cilindro Agrale o Hiro
Cilindrada máxima hasta 218 cc.
 Se permite su torneado exterior y su preparación es libre.
Carburador  hasta 40 mm. de diámetro.
Caja de velocidades; máximo 5 cambios, se permite 5ta  corta, caja original y canasto de embrague reforzado con primario de dientes rectos o helicoidal original de fábrica.-Carrera máxima 60 mm.

 Motor Gilera Hiro:

Debe ser monocilíndrico de dos tiempos y refrigerado por aire. Admisión por corte de pistón.
Cilindrada máxima hasta 218 cc
Carburador: hasta 38 mm. de diámetro.
El cilindro y la tapa deberán ser de la misma marca que el block, Se permite su torneado exterior y su preparación interior es libre.
Este motor de ser usado con una camisa de hierro en el cilindro.
Caja de velocidades, Deberá ser caja original, máximo 6 cambios, relaciones originales. No se pueden variar las relaciones, ni la relación primaria, se controlara sin excepción en la revisión técnica.                  

 Motor Agrale M190WDebe ser mono-cilindro de dos tiempos y refrigerado por agua. Admisión por láminas al cilindro.

El cilindro y la tapa deberán ser de la misma marca que el block .conservando  las  medidas estándar originales de fábrica. Diámetro y carrera hasta un máximo de  67,50 de diámetro x 54 mm.de carrera, con una cilindrada de 193,23cc

Se permite trabajar las lumbreras de escape y transferencia 1mm para arriba sobre la medida estándar,  la admisión debe ser original estándar.

El cilindro debe tener una medida entre planos superior e inferior de 105mm, tomada sobre el exterior.

Las tapas de cilindro no deben tener cielos cambiables, deben mantener el original.

Embrague por fricción en baño de aceite

a) carburador hasta 38 mm

b) caja de velocidades, máximo 6 cambios  caja originales  de 125cc y 200cc, con las siguientes relaciones:     1° 3.091,  2|°1.857,   3|°1.368,  4|° 1.095,  5° 0,957, 6° 0.840

No se pueden variar las relaciones, ni la relación primaria. En el engranaje primario se puede colocar engranaje con dientes rectos en reemplazo de engranaje helicoidal.

c) tapa de cilindros.

Debe ser original de fábrica en su parte externa, se permite su rellenado y su torneado interior es libre, manteniendo como centro de  la cámara de combustión el centro de la bujía.

d) cilindro:

Se permite la reparación  mediante re-cromado o encamisado.se permite hasta 2 (dos) milímetros en la parte inferior del alto total del cilindro.se permite comenzar con un diámetro interno del cilindro de 65 mm. pero deberá siempre respetar las medidas establecidas en el plano original con una tolerancia del 1% para los ángulos de cruce y un 10% de superficie total de todas las lumbreras.

Para el diámetro del cilindro se dispone de una tolerancia de 15mm .para calcular la compresión se debe tomar el volumen real del cilindro a medir.

El diagrama de lumbreras no se puede variar.

El reglaje de apertura de escape es de 185° máximo.

e) carrera de pistón: debe ser 54mm. Tolerancia 0,1

f) pistón: es libre

g) biela: es libre

h) cigüeñal: se permite reemplazar los muñones de cigüeñal por otros supermedidas ,y el enchavetamiento del mismo.se permite el balanceo .

i) flaper: no se permite alterar el sistema de admisión. La caja de flapers es de 6 láminas, de 0,4 a0,6 mm de espesor. Debe tener cada corte longitudinal 49mm (mas –menos 0,5mm) y 18,5mm (mas –menos 0,5mm) de ancho. Las chapas que limitan su apertura deben ser originales. No pudiéndose variar su  apertura ni quitar.

j) escape: el caño de escape es totalmente libre en su forma y dimensiones. No se puede alterar la salida de escape del cilindro.

k) tubo de admisión: se permite reemplazar el tubo de admisión por otra construcción libre, siendo su longitud mínima de 40 mm, desde la base del cilindro hasta la boca de salida del carburador.

l) se

permite la modificación de resortes de embrague y la elaboración de las tuercas de fijación para evitar su aflojamiento.

m) encendido: es libre

n) arranque: es optativo

n) se permiten reemplazar piezas originales por otras que no lo sean manteniendo las mismas dimensiones, funciones y material

 

 

NOTA: Son parte integrante del presente reglamento los siguientes anexos

ANEXO 01: Diagrama del desarrollo del cilindro con las medidas y posiciones de las lumbreras de motor Agrale

ANEXO 02: Diagrama de los ángulos de las lumbreras con respecto al giro del cigüeñal del cilindro del motor Agrale

ANEXO 03: Medidas de la barra antivuelco ART.05 y ART.06 Dispositivos aerodinámicos.

 

 

Roman Mandes

      Presidente  F 5 del Sudeste

 

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