FORMULA
5 del SUDESTE
FEDERACION
REGIONAL DE AUTOMOVILISMO 3 DEL SUDESTE
REGLAMENTO
DEPORTIVO
CAMPEONATO
DE PILOTOS
AÑO 2022
Art.
1. FISCALIZACIÓN:
El
Campeonato Zonal de Pilotos Año 2022 correspondiente a la categoría será
fiscalizado por la Federación
3 del Sudeste.
Art.
2. VIGENCIA:
El
presente reglamento entra en vigencia el 1º
de Enero de 2022 hasta el 31 de
Diciembre
de 2022.
Art.
3. REGLAMENTACIONES:
Serán
de aplicación todas las reglamentaciones y regulaciones dictadas por el Ente
Fiscalizador (E.F), los contenidos en el R.D.A., las Prescripciones Generales
Zonales (PGZ), los aquí detallados y los que se legislen en el futuro.
Art.
4. OBLIGACIONES DEL ORGANIZADOR:
El
organizador de competencias para el campeonato Zonal de FORMULA
5 del Sudeste, debe
cumplimentar los siguientes requisitos mínimos básicos:
Ser
una asociación o club afiliado a la Federación Regional de
Automovilismo de la Federación 3 del sudeste de la C.D.A. del
A.C.A.
Presentar
con una anticipación mínima de quince (15) días el Reglamento Particular
de la Prueba, el organigrama del evento.
Manual
de Seguridad para ser aprobados por la F.R.A.D. al comienzo del calendario
anual.
El
Manual de Seguridad se presentará detallando los servicios de seguridad,
equipos de banderilleros y bomberos que actuarán, acompañado de un plano del
escenario con la ubicación y cantidad de los mismos.
Con
cinco (5) días de anticipación deberán remitir póliza y comprobante de pago
a la F.R.A.D. del Seguro de responsabilidad civil para espectadores del
espectáculo.
El
incumplimiento de los requisitos enumerados en tiempo y forma implicará la no
autorización de la competencia por parte de la F.R.A.D.
Art.
5. AUTORIDADES DEPORTIVAS:
Durante
todo el transcurso del Campeonato los Oficiales Deportivos, que actuaran en
cada una de las competencias serán:
DESIGNADAS
POR EL ORGANIZADOR
- Director de la Prueba y Adjunto
- Comisario de boxes y Adjunto
- Comisarios de pista
- Jefe de Seguridad
- Jefe de Servicio Médico
- Banderilleros
- Cronometraje
DESIGNADOS
POR LA F.R.A.D.
- Comisarios Deportivos
- Comisarios Técnicos
- Administrativos
Todas
las autoridades deportivas actuaran en cumplimiento de los derechos y deberes
establecidos en el capítulo "X" y concordantes del R.D.A. y lo
determinado en el Reglamento de Campeonato y el correspondiente R.P.P.
Art.
6. COBERTURA MÉDICA:
Todos
los pilotos en el momento de la Verificación Previa a la carrera
deberán poseer obligatoriamente cobertura médica para el caso de accidentes en
competencias automovilísticas
Solamente
serán aceptados los sistemas de medicina prepaga si son presentados con un
certificado (con firmas certificadas por Escribano Público) de cobertura
especial para competencias automovilísticas emitida por el prestatario, y que
diga expresamente que cubre las "competencias
automovilísticas disciplina deportiva de alto riesgo”.
Quien
no disponga de cobertura médica acreditando su vigencia no podrá participar en
la competencia.
Art. 7. CANTIDAD DE COMPETENCIAS:
El
campeonato estará compuesto por Cuatro (4) DOBLES, mínimo
de fechas SEIS (6), incluidas en el calendario deportivo publicado en el anexo
adjunto autorizado por la F.R.A.D. Este número de pruebas podrá ser
reducido, en caso de que alguna de las competencias programadas resultare
imposible de realizar, por causas comprobada fehacientemente por la F.R A.D.
Art.
8. VEHÍCULOS ADMITIDOS:
Todos
aquellos que se hallen encuadrados en la Reglamentación
Técnica de la categoría FORMULA 5
Art.
9. MÍNIMO DE PARTICIPANTES:
Para
que la Prueba Final otorgue puntaje para el Campeonato Zonal, deberá
largar un mínimo de seis
(6) automóviles de la categoría.
Para
determinar la cantidad mínima serán considerados solamente los vehículos que
por sus propios medios mecánicos se ubiquen en la grilla a disposición del
largador y aquellos que hayan concretado la largada desde boxes, saliendo
de este sector (Art. 6 P.G.C.P. del R.D.A.).
Art.
9.1 BINOMIOS
1. Se permitirá en
la Categoría Formula 5 del Sudeste, la inscripción de BINOMIOS, a partir de
este campeonato
2. Para poder
participar como tales, los pilotos integrantes de dicho BINOMIO, deberán
constar con Licencia Médica y Deportiva al momento de su incorporación a la
correspondiente categoría, para participar en el torneo. Si uno o ambos
participantes contara con Licencia Medica únicamente, podrán participar de una
sola competencia en el torneo no recibiendo puntos ni premios para el
campeonato, (medida que será aprobada por Federación) no pudiendo continuar con
dicha participación hasta no regularizar la situación mediante Licencia
Deportiva.
3. Los puntos
otorgados así como los premios correspondientes serán para el BINOMIO, no
sumando los pilotos en forma particular.
4.
En una misma competencia, no podrán participar ambos integrantes de un BINOMIO,
sólo lo podrá hacer el piloto inscripto para la misma y no podrá ser
reemplazado por el otro integrante del binomio bajo ninguna circunstancia.
Cuando
se realicen dos competencias en la misma fecha y estas sean independientes
entre sí en el desarrollo de
clasificación
serie y final, se podrá cambiar el piloto en la totalidad de esa segunda
competencia y de igual manera, no podrá
ser
reemplazado por el otro piloto del binomio.
5. En un mismo
evento o fecha, no podrán participar ambos integrantes de un BINOMIO, sólo lo podrá
hacer el piloto inscripto en esa fecha, y no podrá ser reemplazado en la misma
fecha por el otro integrante del binomio bajo ninguna circunstancia.
6.
Si por cualquier alternativa, se disolviera el BINOMIO, cualquiera de sus
integrantes podrá continuar compitiendo en forma particular, pero comenzará a
sumar puntos y premios a partir de ese momento, sin tomar en cuenta lo obtenido
por el BINOMIO.
7. Si un piloto que
comienza a competir en forma particular, decidiera sumar a otro piloto para la
integración de un BINOMIO, bajo el mismo criterio del inciso anterior,
mantendrá sus puntos como particular hasta la fecha que participo como tal,
comenzando a sumar puntos y premios como BINOMIO a partir de la participación
como tal en el torneo.
8. Queda
debidamente aclarado, por lo expuesto en los incisos 4 y 5, que no se sumaran
en ningún momento los puntos o premios que obtengan los BINOMIOS, con los que cada
piloto integrante del mismo pudieran obtener en forma particular, antes o
después de conformado el dueto.
9. Es obligación en
los casos de inscripción de BINOMIOS que al menos en una competencia del
campeonato, participe cada integrante del mismo. Si por cualquier circunstancia
uno de los pilotos no pudiera participar de ninguna competencia, el BINOMIO
perderá los puntos y premios obtenidos en la fecha que haya logrado mayor
cantidad de puntos o premios.
10. Si por razones
de fuerza mayor debidamente justificada uno de los pilotos se viera
imposibilitado de continuar compitiendo, el otro integrante del BINOMIO podrá
sustituir a dicho participante por otro que no haya participado durante el
campeonato en otro BINOMIO o en forma particular en dicho campeonato,
continuando como BINOMIO, sumando puntos y premios. Únicamente se autorizará
dicho cambio si el mismo obedece a cuestiones que imposibiliten al participante
que deja de competir, de hacerlo por cuestiones debidamente verificadas (Ej:
accidente, enfermedad, traslado a otra región que le permita continuar
compitiendo, etc.). Estas alternativas serán analizadas por la Comisión
Directiva de A.C.A.S. quienes tienen plena facultad para decidir al respecto y
deberá ser informado a la F.R.A.D. N°3 DEL SUDESTE para su correspondiente
autorización. Si se considerara como injustificada la causa del cese de
participación de alguno de los integrantes, el nuevo BINOMIO, comenzará a
competir a partir de ese momento sin sumar puntos ni premios obtenidos por el
anterior BINOMIO.
11. Toda cuestión
referida a la participación de BINOMIOS no contemplada en este Reglamento, que
pudiera surgir de las alternativas de competencia o del propio Campeonato,
serán analizadas oportunamente por la Comisión Directiva de A.C.A.S. y una vez
resuelta se comunicará a la FRAD N°3 DEL SUDESTE para su aprobación.
12.
En los casos de competencias especiales con pilotos INVITADOS, ambos
integrantes del BINOMIO deberán contar con invitado, no pudiendo participar
alguno de los titulares en las Series o Finales correspondiente a pilotos
invitados. De igual manera en Competencias Especiales con DOBLE FECHA,
ambos pilotos podrán participar por separado, uno en cada fecha del evento.
Art.
10. PUNTAJE:
Se
realizara dos(2) tandas de pruebas libres, mínimo 10 minutos, que serán
clasificatorias, y a continuación dos (2 ) pruebas finales, siendo la segunda
(2°), con grilla invertida de acuerdo a la clasificación de la primera (1°), y
ordenándose según las vueltas dadas en la primera final.
En las PRUEBA FINALES se
asignará el siguiente puntaje:
1°
20 PUNTOS
2°
16 “
3° 14 “
4°
12 “
5° 10 “
6° 9 “
7° 8 “
8° 7 “
9° 6 “
10° 5 “
11° 4 “
12° 3 “
Para
la adjudicación de los puntos estipulados para la Prueba Final, el piloto
tendrá que haber completado el 75% de vueltas cumplidas por el ganador.
Art.
11. PROCLAMACIÓN DEL CAMPEÓN:
Obtendrá
el título aquel piloto que hubiera logrado la mayor cantidad de puntos y cumpla
con la condición de haber ganado por lo menos Una
Prueba Final.
En
caso de empate, en el que hubiera dos o más pilotos con la misma cantidad de
puntos, el desempate se hará a favor del que hubiera logrado mayor número de
primeros puestos. Si aun así no se definiera las posiciones, corresponderá el
primer puesto a quien haya obtenido mayor número de segundos puestos, luego terceros
y así sucesivamente.
En caso de continuar el empate logrará la mejor posición quien haya obtenido
antes la mejor ubicación.
No se considerará para desempatar puestos la posición del “piloto invitado” (SI se
considerara los puntos para el “piloto titular”)
Art.
12. NUMERACIÓN:
Durante
todas las competencias automovilísticas los vehículos participantes deberán
llevar en el lugar indicado el número identificatorio
Las
cifras que conforman el número de competición deberán ser de color blanco, con libre
diseño en su tipografía sobre un fondo de color oscuro el cual genere contraste
sobre el color blanco del número, el que deberá ser colocado el frente de
la trompa y en ambos laterales
Art.
13. ASIGNACIÓN DE BOXES:
Será
efectuada por la asociación dentro del sector que le fuera asignado a la
categoría por el organizador.
Art.
14. LICENCIAS DEPORTIVAS:
Para
tener derecho a recibir puntos para el Campeonato Zonal 2022 los
pilotos
deberán poseer licencias deportivas otorgadas por la F.R.A.D.
En el caso de competir algún piloto con licencias de otras F.R.A.D., el mismo
tendrá derecho a los premios que le corresponden por su clasificación, pero, a
los efectos del puntaje su ubicación no será tenida en cuenta, asignándole los
puntos correspondientes a los pilotos con licencias de la F.R.A.D. que le
siguieran en las clasificaciones puntuables.
Podrán
competir en estas condiciones una sola vez en el presente torneo.
Es
obligación de los Pilotos y Concurrentes al hacer el trámite de licencias,
proceder a la entrega de las fotos y certificados de aptitud física emitida por
las entidades reconocidas por esta FRAD.
Toda licencia que sea emitida en forma provisoria, tendrá solamente validez por
una competencia, una vez transcurrida la misma no será autorizada su
participación hasta que no se complete el tramite definitivo.
Les será aceptado los tramites o gestión relacionada con licencias deportivas
en el escenario donde se disputara la prueba, o también el mismo podrá ser
gestionado con la debida anticipación en la secretaria de la F.R.A.D. (en
cualquiera de sus filiales).
Art.
15. INSCRIPCIONES EN LAS PRUEBAS DEL CAMPEONATO:
En
cada competencia los concurrentes y/o pilotos deberán formalizar su inscripción
de acuerdo a lo dispuesto en el R.D.A., teniendo especialmente en cuenta que:
Los Pilotos para poder inscribirse deberán indefectiblemente contar con
licencias deportivas de acuerdo a lo mencionado en el artículo 14.
Las inscripciones deberán efectuarse en el lugar que designe la categoría FORMULA
5 tres días antes de
la prueba final y/o en la F.R.A.D. hasta
las 20 horas del mencionado día.
La FORMULA 5 deberá
ratificar ante la F.R.A.D. dentro de las veinticuatro (24)
horas siguientes al cierre de inscripciones la nómina de inscriptos.
Quien esté inscripto y no participe de la competencia perderá todo derecho a
reclamos sobre el importe abonado por este concepto.
El
piloto que no haya cumplido con este requisito en tiempo y forma, será pasible
de las sanciones que estipula el R.D.A. en el Art. 12º de las
P.G.C.P.
El
piloto que tenga pagos pendiente anteriores (con el ente
fiscalizador) no podrá efectuar su trámite administrativo hasta
tanto no regularice la situación.
EI inscripto tomara parte en la manifestación deportiva de automovilismo a su
exclusivo riesgo y libera al Organizador y al Ente Fiscalizador, así como a sus
miembros y/o empleados de toda responsabilidad por daños materiales o
personales que puedan sufrir y ocasionar con motivo de su participación en la
prueba.
Todo
concurrente o piloto que al realizar su inscripción formulara una falsa
declaración en los datos solicitados, será considerado nula y sin efecto. Los
Comisarios Deportivos de la F.R.A.D. que adviertan las irregularidades
sancionara a los firmantes con la pérdida del derecho a participar, la
exclusión de la competencia y la desclasificación conforme al momento en que se
advierta la falsa declaración, debiendo adoptarse la medida inmediatamente de
conocida aquella falta. Estas sanciones no excluyen las otras que pudieren
corresponder.
Art.
15.1 INSCRIPCIONES PILOTOS SUPLENTES Y CAMBIO DE CONDUCTOR INSCRIPTO:
Ver
Art. 12.1 y 12.2 del R.D.A. (Prescripciones para competencias en pista).
Art.
16. VERIFICACIONES PREVIAS:
Las
Verificaciones Previas, tanto Administrativa como Técnica se realizarán el día
establecido para el inicio de las Pruebas Oficiales en el horario que
establezca el Organigrama de la Competencia, cumpliendo con lo establecido
en las Prescripciones para Competencias Zonales de Pista.
En la
Verificación Técnica Previa y en cualquier momento del evento los
Comisarios Técnicos podrán verificar los elementos de seguridad pasiva: CASCOS
INTEGRAL, BUTACA, GUANTES, BUZO ANTIFLAMA, CAPUCHA, BOTAS, CINTURONES y HANS.
Los mismos deben estar en perfectas condiciones de uso.
Los
Comisarios Deportivos dispondrán la realización de una reunión obligatoria de
pilotos, determinando lugar y hora al momento de realizarla Verificación
Administrativa, la inasistencia de los mismos deberá estar justificada debidamente.
De no ser justificada debidamente los Comisarios Deportivos podrán aplicar otra
sanción pudiendo llegar hasta la exclusión.
Art.
16.1 PASAPORTE TÉCNICO:
Cada
concurrente deberá empadronar su automóvil de competición y recibirá
de la Comisión Técnica de la FRAD, en su primera carrera un
Pasaporte Técnico, el cual obligatoriamente deberá ser presentado en cada
Verificación Técnica Previa o cuando le sea requerido. Será responsable sobre
la falta del mismo, ausencia de algunas de sus hojas componentes o cualquier
enmienda no autorizada.
Art.
16.2 CARACTERISTICAS DE LOS EVENTOS:
Estas
se desarrollaran según los horarios establecidos en el R.P.P., siendo de
la siguiente forma:
Entrenamientos, Clasificación y Final.
Art.
16.3 REUNION DE PILOTOS Y/O CONCURRENTES:
Se
dispondrá la realización de una Reunión de Pilotos y/o Concurrentes o su
representante acreditado antes las Autoridades de la Prueba.
Art.
17. ENTRENAMIENTOS:
Tanto
para los entrenamientos no oficiales como para los oficiales, para dar
cumplimiento a estas pruebas el organizador deberá habilitar el circuito con
todos los operativos de seguridad y sanidad aprobados por la F.R.A.D.
Terminada la
Verificación Previa las Autoridades Deportivas procederán a la
conformación de las tandas de entrenamiento estableciendo quien participará en
cada una de ellas.
El
criterio a implementar para su conformación consistirá en dividirlos de acuerdo
al ranking vigente y estableciendo un orden de participación rotativo en el
transcurso de campeonato.
La
conformación de estos grupos se dará a conocer treinta (30) minutos después de
terminada la verificación. Los participantes podrán intervenir únicamente en la
tanda asignada, no será aceptado ningún cambio.
Cuando
la capacidad del circuito así lo determine, los Comisarios Deportivos podrán
conformar tres o más grupos.
Se
realizará como mínimo una tanda por grupo, con una duración mínima de 10
minutos y un máximo de veinte (20) minutos.
Nota:
Todo el evento se realizara el día domingo.
Art.
18. INTERRUPCIÓN DE UN ENTRENAMIENTO:
En
el caso que un entrenamiento sea interrumpido habiendo cumplido el 80% del
tiempo establecido, los Comisarios Deportivos podrán darlo por terminado.
Art.
19. TANDAS DE CLASIFICACIÓN:
Para
el desarrollo de esta actividad en pista, el circuito será habilitado con todos
los operativos de seguridad y sanidad aprobados por la F.R.A.D.
Para
realizar las Tandas de Clasificación los grupos estarán conformados igual que
para el entrenamiento, pudiendo cada participante salir únicamente en la tanda
que le fuera asignada. Para el caso que así no lo hiciera, para la serie
clasificatoria, será ubicado a continuación de quienes cumplieron con la
clasificación, salvo que la cantidad de autos máximos aprobados para el circuito
no lo permitiera.- En este caso no se autorizará su participación.
Se
le dará un punto (1) al ganador de la clasificación.
De
haber más de un participante en esta situación los Comisarios Deportivos
realizarán un sorteo para establecer su ubicación en la grilla.
No
antes de transcurridos sesenta (60) minutos de finalizado el Entrenamiento
Oficial se realizará como mínimo una tanda de clasificación para cada grupo,
con una duración no inferior a diez (10) minutos y / o dos (2) de cinco (5)
minutos o según los cronogramas para cada competencia.
Durante
el transcurso de la Tanda de Clasificación los autos participantes
tienen prohibido el ingreso al interior de los boxes o al patio de boxes, la
atención del vehículo se deberá efectuar en la calle de boxes. Quien no cumpla
con esta disposición será sancionado con la quita de los tiempos obtenidos.
Cumplido
el tiempo estipulado se mostrará la bandera a cuadros al primer auto que pase
por la línea de llegada y a continuación a los demás participantes.
Finalizada
la tanda o cuando un participante quiere detenerse definitivamente, deberá
ingresar directamente al Parque Cerrado.- Quien así no lo hiciere le serán
retirados los tiempos obtenidos.
Si
por razones de fuerza mayor no se pudieran realizar las pruebas de
clasificación, el ordenamiento de largada de la prueba en cuestión se realizará
según lo establecido en el Art. 22 de la P.G.C.Z. del R.D.A.
En
caso de interrupción de la prueba, si se hubiera cumplido el 80% del tiempo
establecido se dará por terminada la tanda, hecho que no transforma la misma en
atípica.
Cuando
las pruebas de clasificación, se lleven a cabo en condiciones climáticas
distintas, es decir, que alguna de ellas se desarrolle con lluvia o
inconvenientes en la pista, o que por algún otro motivo de fuerza mayor,
(obstrucción, aceite en pista, etc.) no se realice alguna de ellas
normalmente, los Comisarios Deportivos podrán disponer que el Ordenamiento de
largada de las Series o de la Final se conforme de manera atípica.
En estos casos procederán de la siguiente forma:
Se tomara el mejor tiempo de clasificación y a continuación se ordenara por
puestos, hasta completar las grillas de largada de las Series Clasificatorias.
La determinación que una o más tandas son atípicas es resolución exclusiva de
los Comisarios Deportivos y tal decisión es inapelable.
Entre
el final de la Tanda de Clasificación y la largada de la
Serie Clasificatoria o Prueba Final deberá mediar un lapso de tiempo no
inferior a sesenta (60) minutos.
Las
Tandas de clasificación se harán como máximo 5 minutos más, de lo estipulado en
los cronogramas oficiales.
Art.
20. FALSA LARGADA:
En
todas las competencias serán colocados Jueces de Largadas.
La penalización por falsa largada será de una sanción de recargo de tiempo y /
o penalización boxes (según determina el R.D.A. Art. 15.2 P.G.C.P.)
Esta
penalización será comunicada al piloto en cuestión y a todos los demás
participantes, mediante una pizarra negra con números blancos indicando el
número de automóvil durante tres pasadas frente a la línea de llegada, el
no cumplimiento ocasionará la exclusión automáticamente.
Para dar cumplimiento con la sanción el piloto deberá circular por el carril
externo de boxes a una velocidad no mayor de sesenta (60) kilómetros por hora.
Si algún piloto coloca el auto fuera del lugar asignado para la largada
"cajón" o se moviera mientras esta la luz roja encendida, o se
moviera cuando se está por largar, será penalizado.
Nota:
las largadas se realizaran en movimiento, a una velocidad máxima
de 60 Km. por hora.
Art.
21. PRUEBA FINAL:
Es
la prueba que determina el ganador de la competencia y a cuya Clasificación
Final se le asignará el puntaje válido para el Campeonato de Pilotos 2022.
Deberá
cumplirse para las pruebas finales un recorrido mínimo (desde la luz verde
hasta el final) de 10 a 20 kilómetros salvo que antes de
recorrer esta distancia se cumplan veinticinco (25) minutos de
carrera.- En este caso al puntero se le mostrará la bandera a cuadros al final
de la vuelta en la cual cumpla el tiempo máximo.
Todos
los automóviles que luego de finalizada una tanda y/o serie clasificatoria o
prueba final y queden en el circuito se encuentran bajo el mismo régimen
de parque cerrado, debiendo ser llevados en forma inmediata por los auxiliares
de pista directamente a parque cerrado.
El
incumplimiento de estas normativas implicará la aplicación de sanciones por
parte de los Comisarios Deportivos, que serán desde el apercibimiento, hasta la
exclusión parcial o total de la prueba.
Art.
22.1. ARMADO GRILLA PRUEBA FINAL
La conformación de la grilla de
largada de la 1°competencia Final se ordenara con los autos según los tiempos
obtenidos en la Clasificación
Para completar la
Grilla de la Prueba Final , de haber pilotos habilitados
sin tiempos, se sortearan para ser
integrados a la grilla, en primer lugar aquellos que no hayan sufrido
sanciones de ningún tipo durante el desarrollo
de la Clasificación y por ultimo de ser necesario se
sortearan los pilotos sancionados.
Al concluir cada Clasificación y
Finales, los autos deberán ingresar al Parque Cerrado para las Verificaciones
Técnicas, quedando liberados cuando las Autoridades lo determinen.
Art.
23. RECORRIDO MÍNIMO PARA OBTENER PUNTOS:
Todos
los autos serán clasificados teniendo en cuenta la cantidad de vueltas
completas que hayan cubierto, y el tiempo empleado, en el caso de los que hayan
cubierto la misma cantidad de vueltas completas, según el orden en que cruzaron
la línea de llegada.
Los autos que hubiesen cubierto menos del setenta y cinco (75 %) por ciento de
la cantidad de vueltas cumplidas por el ganador (redondeando hacia arriba el
número entero de vueltas completas) no serán clasificados.
La clasificación oficial será la publicada luego de la carrera, siendo el único
resultado valido sujeto a cualquier modificación que pudiese proceder según el
R.D.A. y el presente reglamento.
Art.
24.PUNTUACIÓN EN PRUEBAS SUSPENDIDAS:
Cuando
una prueba integrante del campeonato deba ser suspendida durante el desarrollo
por cualquier causa, los puntos se asignaran de la siguiente forma:
I. Si ha sido suspendida antes de cumplirse el treinta por ciento (30%)
de su recorrido no otorgara puntaje para el campeonato.
1. Si
lo ha sido entre el treinta (30%) y el setenta y cinco (75%) por ciento,
otorgara la mitad del puntaje previsto originalmente para la competencia
completa.-
2. Si
la suspensión se produce luego del setenta y cinco por ciento (75%) de su
recorrido total, se adjudicara la totalidad de los puntos en disputa.
A
los efectos del otorgamiento del
puntaje la cantidad de vueltas será
redondeada hacia arriba.
Art.
25. PROCEDIMIENTO DE LARGADA EN MOVIMIENTO:
Según
artículo 15.1.2. Del R.D.A.
Art.
25.1 LARGADA DETENIDA:
Según artículo 15 del RDA.
Art.
25.2. LARGADA CON PISTA HUMEDA:
Cuando
el Director de Carrera o el Comisario Deportivo, determine que la largada es
con PISTA HUMEDA el procedimiento será el siguiente:
El procedimiento hasta la bandera verde será el reglamentado en el Art. 15 del
RDA.
A partir del momento que la misma sea exhibida, se inicia el primer giro previo
con Auto de Seguridad.
Al cruzar la línea de sentencia frente a la Torre de Control (se hace
apertura de tiempos y vueltas) y durante una vuelta más, los autos
continuaran alineados detrás del Auto de Seguridad como reconocimiento de pista
DEBIENDO mantener sus posiciones. Cuando estén por cumplir la segunda
vuelta, el Auto de Seguridad se retirara de la pista.
Durante el transcurso de las vueltas indicadas precedente, para el caso de
pérdida de posiciones, rige la misma reglamentación que para la Vuelta
Previa de una largada normal.
El adelantamiento será penalizado según lo reglamentado en la intervención del
Auto de Seguridad.
Salvo para la clasificación que se iniciará la toma de tiempos y vueltas
a partir de la bandera verde, en el puesto de control de la carrera (de la
largada efectiva de la prueba).
En
caso de determinarse carrera con pista húmeda, solo se podrá optar por
cubiertas slick
Art.
26. VEHICULO DESPISTADO:
Todo
vehículo despistado puede recibir ayuda externa, si arranca en el
primer intento.
Art.
27. AMONESTACIONES Y APERCIBIMIENTOS:
La
suma de cinco (5) amonestaciones o apercibimientos en un mismo campeonato,
aplicada por los Comisarios Deportivos o por la F.R.A.D. implicará la
suspensión automática por
una fecha, la cual es inapelable, quedando imposibilitado de
correr en otra categoría hasta tanto la misma sea efectivamente cumplida en la
categoría por la cual fue impuesta.
Serán
computadas también como tales los apercibimientos impuestos en carrera.
Art.
27.1. PENALIZACIONES
Las
infracciones o transgresiones a los Reglamentos, serán pasibles de sanción
según lo establecido en el R. D. A.
Asimismo y en caso que se cometa una infracción de conducción peligrosa o
antideportiva durante cualquier Prueba Oficial los Comisarios Deportivos podrán
hacerle perder al Piloto tantas posiciones de grilla como considere apropiado,
en la Prueba Siguiente del Evento que se esté disputando o del Evento
Siguiente. Esta sanción no es
apelable.
Si la infracción cometida, los Comisarios Deportivos, la consideren de suma
gravedad, podrán solicitar a la Mesa Directiva la quita de puntos del
presente Campeonato siendo
esta medida apelable.
Art.
28: TIEMPO PARA REALIZAR DENUNCIAS, APELACIONES Y RECLAMACIONES
El
tiempo para realizar cualquier tipo de denuncia o reclamación es 1 (una) hora
de publicada la desclasificación.
El tiempo para realizar apelación técnica es 1 (una) hora de su comunicación
fehaciente de exclusión.
Art.
29. RECLAMACIONES:
El
derecho a reclamación solo corresponde a los concurrentes, según lo previsto en
el RDA.
El mismo deberá ser dirigido al Comisario Deportivo por escrito, dentro de la hora
de notificado de la sanción. La reclamación le será entregada al Director
de la Prueba.
Art.
30. APELACIONES:
El
derecho a apelación solo corresponde a los concurrentes, según lo previsto en
el R.D.A.
El mismo deberá realizarse por escrito, para las apelaciones deportivas y
técnicas.
Art.
31. CONTROL TÉCNICO FINAL:
Al
finalizar las pruebas oficiales los automóviles participantes deberán ingresar
al Parque Cerrado o al lugar que dispongan las Autoridades de la Prueba,
quedando a disposición de éstas para las verificaciones que se considere
efectuar.
Como
mínimo, los clasificados Primero, Segundo y Tercero, serán revisados para
determinar si se encuentran en condiciones reglamentarias y para constatar si
el auto es el mismo que se presentó en la Verificación Técnica Previa
y si hay lugar a la aplicación de las penalizaciones previstas en el R.D.A.,
R.C, PGZ y/o R.P.P.
Los mecánicos deberán contar con un aparejo para poder sacar los motores.
Art.
32. COMBUSTIBLE:
Será
nafta comercial del tipo Súper, no pudiendo exceder de 103 RON.
Se
permite el agregado de un lubricante de venta usual, siempre que no incremente
el número de octanos, de agua, ni tenga compuestos oxigenados o nitrogenados.-
No está permitido el agregado de alcoholes ni potenciadores. Únicamente aire
será mezclado como oxidante.
Art. 33. CONTROL DE COMBUSTIBLE:
Se
verificará a través de análisis especializados la calidad del combustible en el
laboratorio que designe la F.R.A.D.
Durante
y con posterioridad al desarrollo de las distintas pruebas que conforman la
competencia se podrán extraer tres (3) litros de combustible de los vehículos
designados por los Comisarios Deportivos.
De
los tres litros retirados, uno es para el análisis, otro queda para el piloto y
el restante como contraprueba.
Si
no es posible retirar la cantidad establecida de combustible, el retirado será
muestra absoluta y válida para el estudio y veredicto.
De
no ser posible retirar un mínimo de un (1) litro de combustible, se procederá a
la desclasificación y/o retiro de tiempos, según corresponda.
Cuando
el análisis supere el límite máximo establecido de 103 RON o se constate el
agregado de elementos no autorizados, el concurrente y el piloto podrán ser
pasibles de sanciones complementarias a la desclasificación.
Las competencias en las cuales se efectúe el retiro de combustible para su
análisis, quedarán con la clasificación en suspenso a referéndum de los
resultados.
Art.
34. CAMBIO DE MOTOR:
Quien
cambie el motor con posterioridad a la Clasificación perderá los
tiempos obtenidos, largará en la última posición en la prueba que corresponda,
si el cupo de autos habilitados por el circuito se lo permitiera.
Art.
35. RESCATE DE VEHÍCULOS:
A
partir del inicio de las Pruebas Finales, salvo indicación contraria del
Director de la Prueba o de los Comisarios Deportivos, los autos que
abandonen en el circuito serán ubicados en lugar seguro y no serán trasladados
a los boxes y/o parque cerrado hasta la finalización de la
prueba
Art.
36: PROHIBIDO TERMINANTEMENTE:
1. Practicar
“Largadas” en los boxes, pistas auxiliares, y durante el recorrido hacia la
largada, salvo en los lugares pre establecidos.
2. Retirar
los autos de boxes o parque cerrado, sin autorización del Comisario Deportivo.
3. El
uso de GPS y cualquier adquisición de datos
4. El
Reabastecimiento en pista (Toda reparación que se deba realizar en la pista,
deberá ser efectuada por el piloto y con las herramientas que tenga en el
vehículo.)
5. Realizar
cualquier tipo de “Petitorio “con las firmas de los pilotos.
La
puesta en marcha de los motores en boxes sin silenciador correspondiente (salvo
cuando los autos van a salir a pista).
Art.
37: OBLIGACION DEL PILOTO AL FINALIZAR LA COMPETENCIA:
Quedan
obligados tanto el piloto como el acompañante luego de terminada cada
competencia deberán llevar Cinturones de Seguridad colocados y abrochados, como
así también los Cascos puestos hasta llegar a BOXES, PATIO DE BOXES O
REVISACION TECNICA. En caso de no cumplirse con lo expuesto será pasible de
sanción. El piloto es responsable que se cumpla con estas medidas de seguridad.
Art.
38. ULTIMA CARRERA DEL AÑO:
En
esta competencia queda expresamente prohibida la participación a cualquier
piloto que no hubiera intervenido por lo menos en una Prueba Final del
presente Campeonato.
No será considerado el piloto que haya participado en la competencia como
invitado.
Esta
norma será estudiada por la CD, si se presentar la situación.
Art.
39. PESAJE DEL VEHICULO
Es
obligatorio para todo piloto, ni bien terminada la competencia, dirigirse a
Parque cerrado a verificar el pesaje.
En
todo momento de las pruebas oficiales y verificaciones del vehículo deberá cumplir
con el peso mínimo en
las condiciones que se encuentre no
estando permitido el agregado de lubricantes, líquidos de ninguna naturaleza,
refrigerantes, etc.
Exclusivamente
en caso de accidente, el Comisario Deportivo evaluará en cada oportunidad, a su
solo criterio, la reposición total o parcial de cada elemento faltante.
Art.
40: SISTEMA LISSO:
Sistema
Liso es de uso obligatorio.
Art.
41. CODIGO DE BANDERAS:
1. BANDERA
ARGENTINA O CLUB ORGANIZADOR: Indica,
largada de la competencia, pudiendo ser reemplazada por semáforo.
2. BANDERA
ROJA: Indica interrupción de la carrera. Esta bandera en
lo alto y agitada informa a todos los pilotos que deben parar la carrera
inmediatamente y dirigirse a boxes o al lugar previsto por las normas del
evento, con extrema precaución para detenerse si fuera necesario.
3. BANDERA
BLANCA Y NEGRA: Dividida en dos partes,
diagonalmente, mitad blanca y mitad negra. Se levanta quieta con un número en
blanco sobre un cartel señalando él número al que le corresponde dicha
advertencia por conducta antideportiva, es decir un APERCIBIMIENTO.
4. BANDERA
NEGRA: Informa al piloto del coche cuyo número se exhibe
que debe detenerse en su box en la próxima vuelta. EXCLUSION.
5. BANDERA
NEGRA CON DISCO NARANJA: Se exhibe junto
con la señalización del número del auto al que se le impone dicha advertencia
de que el mismo tiene problemas mecánicos que lo ponen tanto a los ocupantes
del auto como a otros pilotos en situación de riesgo y significa detenerse en
su box en la próxima vuelta a fin de reparar.
6. BANDERA
AMARILLA AGITADA: Señal de Peligro. Conduzca
dentro de sus límites, no se adelante. Hay peligro junto a la pista. Su
señalización puede ser temporaria o permanente. Se exhibirá durante dos vueltas
y luego se retirara, aun cuando se hubiera comprobado que es imposible retirar
el obstáculo.
7. BANDERA
AMARILLA DOBLE AGITADA: Disminuya la
velocidad. No se adelante. Este listo para cambiar de dirección o seguir una
ruta no habitual. Hay peligro en la pista.
8. BANDERA
AMARILLA CON RAYAS ROJAS: Informa a los
pilotos que las condiciones de pista se han modificado en el área siguiente a
la bandera. Se utiliza frecuentemente por derrame de aceite, charco de agua, en
caso de lluvia zona resbaladiza.
9. BANDERA
VERDE: Libre paso. Se utiliza a) Al final de un área de
peligro controlado por banderas amarilla. B) Indicar el comienzo de una vuelta.
C) Pista libre luego de haber circulado con Auto de Seguridad.
10. BANDERA
BLANCA: Vehículo en movimiento lento en la pista, pudiendo
ser auxilio o ambulancia.
11. BANDERA
AZUL INMOVIL: Indica que un vehículo más veloz está a punto de
pasarlo. Ceda el paso.
12. BANDERA
AZUL AGITADA: Indica que un vehículo más veloz está a punto de
pasarlo. Ceda el paso inmediatamente.
13. BANDERA
A CUADROS: (BLANCA Y NEGRA): Indica
finalización de la competencia.
REFERENTE
A PRUEBAS LIBRES
El
día anterior a la carrera, sábado, podrán realizar pruebas libres, solamente
los pilotos debutantes en la categoría.
PRUEBAS
LIBRES PARA DÍA LA CARRERA:
SERÁN NECESARIAS
DOS PRUEBAS LIBRES DE 10 MINUTOS SIENDO A SU
VEZ CLASIFICATORIAS.
ANEXO
1:
1° COMPETENCIAS
SUSPENDIDAS:
LAS
MISMAS SE RECUPERARAN EN LA OPORTUNIDAD QUE SE PLANIFIQUE
CON LOS AUTODROMOS O CLUBES Y CON LA AUTORIZACION DE LA
F.R.A.D.
LA
MISMA SE REALIZARA SOLAMENTE CON LOS PILOTOS INSCRIPTOS EN DICHA
OPORTUNIDAD.
NOTA:
FIRMAN COMISION DIRECTIVA
Roman
Mandes
PRESIDENTE
FORMULA 5 del SUDESTE
AÑO
2022
FORMULA
5 del SUDESTE
REGLAMENTO
TECNICO
CAMPEONATO
DE PILOTOS
AÑO
2022
Art.
01 – Vigencia.
El
presente reglamento tendrá vigencia desde el 1º de enero de 2022 hasta el 31 de
diciembre de 2022
Art.02
– Disposiciones generales.
La
interpretación del presente reglamento debe hacerse en forma absolutamente
restrictiva, es decir que solamente se permiten las modificaciones
autorizadas.- De la misma forma, las libertades estarán restringidas únicamente
al elemento liberado.
Las dudas originadas en el presente reglamento deberán ser consultadas por
escrito a la Federación 3 del Sudeste, única autoridad de
interpretación y aplicación del presente reglamento, obteniendo respuesta por
el mismo medio.
Ningún elemento original del vehículo podrá cumplir una función distinta de la
específicamente prevista por el fabricante, o de la función prevista por el
presente Reglamento en caso de ser un elemento no original del vehículo
declarado.
Se
entiende por:
Similar: a toda pieza de diferente fabricante con las características del
original.
Opcional: a optar por tener o quitar una pieza.
Libre: la libertad de su trabajo o cambio, pero debe estar.
Reemplazo de burlonería: Toda tuerca, bulón, tornillo o espárrago etc. puede
sustituirse por otro/s de diferentes medidas entre sí.
Inserto: Se permite el inserto (proceso Helicoy) en las roscas.
Adición de material: Toda adición (agregado) de material o pieza
está prohibida, salvo que este reglamento lo autorice específicamente en alguno
de sus artículos.
Art.03
– Medidas de seguridad.
a)
Extintor.
Es obligatorio el uso de uno de 1 Kg. como mínimo de polvo químico y con
manómetro indicador de carga. Debe estar perfectamente sujeto con flejes
metálicos de acople rápido de seguridad al alcance del piloto o accionable a
distancia. El accionamiento a distancia deberá estar correctamente señalizado
con una “E”.b) Cinturón de seguridad.
Es
de uso obligatorio y únicamente del tipo arnés de competición de 2
pulgadas de ancho como mínimo, sujetos a la estructura con bulones de
acero de 8mm de diámetro como mínimo, con arandelas y debe tener cinco
anclajes.
c)
Indumentaria del piloto.
Es
OBLIGATORIO el uso de buzo antiflama y casco integral, botas, guantes y
capucha, todos ellos del tipo antiflama.
d)
Casco de protección.
De
uso obligatorio y debe ser del tipo integral
e)
Almohadilla apoya cabeza.
Es
de uso obligatorio y puede estar fijo a la butaca formando una sola pieza, o
fijo a la estructura del chasis.
f)
Butaca.
Deberá
ser del tipo anatómico de una sola pieza.
g)
Identificación del vehículo.
El
número que debe exhibir el auto será de libre diseño y debe ser de trazos
blancos sobre fondo negro. Deben estar colocados sobre ambos laterales del
vehículo y en su parte delantera, visible y que no permita confusiones. El
nombre del piloto debe estar en una ubicación visible y junto deberá tener el
grupo sanguíneo.
h)
Corte de corriente.
En
el caso de tener batería debe contar como mínimo con dos (2) cortacorrientes,
uno ubicado en el interior al alcance del piloto y el otro en el exterior
señalizado con un triángulo azul con un rayo rojo en su interior.
i)
Luz de lluvia.
Es
de uso obligatorio y deberá dar luz de color ámbar o rojo, ubicado en la
parte alta trasera del chasis y activada por un interruptor al alcance del
piloto.
Art.
04 – Carrocería.
Debe
ser similar a la de un auto de competición monopostos con ruedas descubiertas.
No debe tener elementos provisorios
Debe tener dos (2) espejos retrovisores.
La trompa debe ser de fibra de vidrio, pudiendo tener una estructura interior
de caño para su sujeción. No podrá estar recubierta en chapa o aluminio
Art.05-
Bastidor.
a) Construcción
libre de fabricación nacional.
b) Su
estructura debe estar compuesta por caños estructurales soldados y no
abulonados. Puede ser monocasco.
c) Debe
tener una trocha mínima de un (1) metro, medido de centro a centro de la banda
de rodamiento de los neumáticos y un mínimo de un metro con cincuenta
(1,50) de distancia entre ejes.
d) Arco
de seguridad
Debe tener dos arcos. Uno posterior al piloto y otro anterior al volante de
dirección; éste debe pasar la altura del volante en 15 mm. como
mínimo.
Trazando una línea que una los puntos más altos de ambos arcos; el casco del
piloto normalmente sentado debe estar debajo a una distancia mínima de 10
cm
Los dos arcos deben estar triangulados y ser parte de la estructura del chasis.
e) Se
prohíbe el uso de titanio o fibra de carbono.
Art.06
–Dispositivos aerodinámicos.
a) Los
elementos aerodinámicos no son de uso obligatorio; pero en el caso de
utilizarlos no pueden ser movibles durante la marcha del vehículo y se deben
respetar
las siguientes medidas:
Alerón
trasero:
No
podrá sobrepasar los 80 cm. desde el suelo hasta el borde de fuga, y la
envergadura no deberá pasar la tangente a la cara interna de las ruedas
traseras. Hacia atrás la distancia máxima es de 60 cm. desde el centro del
eje trasero hasta el borde de fuga del alerón.
Alerón
delantero:
La
envergadura no deberá sobrepasar la tangente interna de las ruedas delanteras.
La altura del borde de fuga no debe superar el centro de las ruedas delantera.
Art.07-
Pontones:
El
uso de pontones laterales no es obligatorio, pero en caso de utilizarlos no
podrán sobrepasar la línea externa de las ruedas trasera.
Art.08
– Suspensión:
a) La
suspensión debe ser efectiva en las cuatro ruedas y los elementos que la
componen son de construcción libre.
b) Los
amortiguadores deberán ser hidráulicos no presurizados.
Art.:
09 – Frenos:
El
sistema debe ser hidráulico, de doble circuito y actuar sobre las cuatro ruedas
simultáneamente.
Art.10:
- Dirección:
El
volante de dirección debe ser enterizo y poseer un dispositivo de extracción.
Se prohíbe el uso de volantes de madera.
Debe tener una caja de dirección con una desmultiplicación de
¾ de vuelta de tope a tope como mínimo. Se prohíbe el uso de elementos
flexible tales como correas, cables o cadenas.
Art.11
– Llantas:
El
formato y diseño de las llantas es libre. Diámetro 10 pulgadas.
Art.12
– Neumáticos:
Deben
ser marca Mediterráneo y su dureza
mínima de 47 shore. El diámetro es de 10 pulgadas. La banda de rodamiento
de los neumáticos delanteros es de 4 pulgadas (+- 3/8) y los traseros
de 6 pulgadas (+- 3/8)
Se permiten hasta tres (3) juegos nuevos por piloto y
por campeonato, contándose como juego nuevo el usado a partir de la segunda
competencia del campeonato.
Art.13
– Tanque de combustible:
Su
construcción es libre.
El material a usar es fibra de vidrio o chapa no ferrosa.
Debe estar sujeto en condiciones de máxima seguridad y tener un respiradero
antivuelco.
Art.
14 – Combustible:
La
nafta será de uso comercial, máximo 103 RON
Está permitido el uso de lubricantes en el combustible
Está prohibido el uso de aditivos alcohólicos, oxigeno portantes o nitrados, o
cualquier elemento que aumente el octanaje de la nafta.
Art.
15 – Peso:
El
pesaje se hará en condiciones de marcha, incluido el piloto con todos los
elementos de seguridad que deba usar.
Peso mínimo para los autos:
Con motor Zanella 230Kg,
Con motor Gilera Hiro 245 Kg.
Con motor Agrale 240 Kg.
Con
motor 4T 245 Hg
En caso de ser necesario se puede agregar lastre, que debe ser sólido de
bloque de plomo y estar fijado al chasis en condiciones de máxima seguridad,
con dos (2) bulones de acero de 8 mm. y arandelas y su posición es libre.
Art
16-Medicion de la compresión:
Para
la medición de la compresión se usara la formula
RC=Vcil+Vcc/Vcc
Donde
RC=Relación de compresión
Vcil=
Volumen real del cilindro. Valor Pi=3,1416
Vcc=Volumen
cámara de combustión
El
cilindro se sella con grasa neutra y el líquido para medir es aceite. Se tomara
hasta el primer hilo inferior del alojamiento de la bujía.
Art.17
– Motores:
Se
permiten los motores 4 tiempos, Honda xr250 (tornado) y cbx250 (twister)
originales std, se podrá cambiar el CDI a marca LEMM con corte de rpm hasta
10.600 RPM con sistema de alimentación a carburador y escape a elección.
El
diámetro de plato de válvulas de admisión deberá ser de 28mm y diámetro de
plato de válvula de escape de 23,5mm
En
los motores Honda ya especificado, se permite potenciar hasta 333,70cc, y
en el Rouser hasta 260cc respetivamente
Ambos
motores aspirados con 1 carburador de hasta 36 cortina plana y 38mm cortina
circular.
Para
los motores Rouser las válvulas deberán ser las originales con un diámetro de
plato de 24mm para la admisión y de 29mm para las de escape
Solo
se podrá trabajar las bocas de admisión y escape sin modificar válvulas.
Las
bielas deberán ser las originales (no de competición) para motores 4 tiempos.
Los pistones deberán contar con 2 aros de
compresión y 1 de rasca aceite
Para
los motores mencionados, Agrale, Hiro, Zanella y 4 Tiempos la compresión máxima
es 13 a 1. Sin tolerancia.
Carburadores: Deben ser para motores de moto. De cualquier marca y tipo, de
fabricación en serie y estar en el catálogo del fabricante. La medida debe
estar punzonada o en relieve en el cuerpo.
La medida se verifica con un calibre pasa-no pasa provisto por la
Asociación. La tolerancia es de 0,1 mm.
El mencionado calibre debe tener incorporada la tolerancia.
Las medidas de los carburadores son de hasta la medida indicada para cada
motor, por lo tanto se pueden usar carburadores de medidas más chicas.
Es obligatorio el uso de embrague y su funcionamiento efectivo.
Se prohíbe la sobrealimentación y/o la inyección de combustible.
Motor
Zanella:
De
ser monocilíndrico de dos tiempos refrigerado por aire o agua. Se podrá anexar
cilindro Agrale o Hiro
Cilindrada máxima hasta 218 cc.
Se permite su torneado exterior y su preparación es libre.
Carburador hasta 40 mm. de diámetro.
Caja de velocidades; máximo 5 cambios, se permite 5ta corta, caja
original y canasto de embrague reforzado con primario de dientes rectos o
helicoidal original de fábrica.-Carrera máxima 60 mm.
Motor
Gilera Hiro:
Debe
ser monocilíndrico de dos tiempos y refrigerado por aire. Admisión por corte de
pistón.
Cilindrada máxima hasta 218 cc
Carburador: hasta 38 mm. de diámetro.
El cilindro y la tapa deberán ser de la misma marca que el block, Se permite su
torneado exterior y su preparación interior es libre.
Este motor de ser usado con una camisa de hierro en el cilindro.
Caja de velocidades, Deberá ser caja original, máximo 6 cambios, relaciones
originales. No se pueden variar las relaciones, ni la relación primaria,
se controlara sin excepción en la revisión
técnica.
Motor
Agrale M190WDebe ser mono-cilindro de dos tiempos y refrigerado por agua.
Admisión por láminas al cilindro.
El
cilindro y la tapa deberán ser de la misma marca que el block
.conservando las medidas estándar originales de fábrica.
Diámetro y carrera hasta un máximo de 67,50 de diámetro x 54 mm.de
carrera, con una cilindrada de 193,23cc
Se
permite trabajar las lumbreras de escape y transferencia 1mm para arriba sobre
la medida estándar, la admisión debe ser original estándar.
El
cilindro debe tener una medida entre planos superior e inferior de 105mm,
tomada sobre el exterior.
Las
tapas de cilindro no deben tener cielos cambiables, deben mantener el original.
Embrague
por fricción en baño de aceite
a)
carburador hasta 38 mm
b)
caja de velocidades, máximo 6 cambios caja originales de
125cc y 200cc, con las siguientes relaciones: 1°
3.091, 2|°1.857, 3|°1.368, 4|°
1.095, 5° 0,957, 6° 0.840
No
se pueden variar las relaciones, ni la relación primaria. En el engranaje
primario se puede colocar engranaje con dientes rectos en reemplazo de
engranaje helicoidal.
c)
tapa de cilindros.
Debe
ser original de fábrica en su parte externa, se permite su rellenado y su
torneado interior es libre, manteniendo como centro de la cámara de
combustión el centro de la bujía.
d)
cilindro:
Se
permite la reparación mediante re-cromado o encamisado.se permite
hasta 2 (dos) milímetros en la parte inferior del alto total del cilindro.se
permite comenzar con un diámetro interno del cilindro de 65 mm. pero
deberá siempre respetar las medidas establecidas en el plano original con una
tolerancia del 1% para los ángulos de cruce y un 10% de superficie total de
todas las lumbreras.
Para
el diámetro del cilindro se dispone de una tolerancia de 15mm .para calcular la
compresión se debe tomar el volumen real del cilindro a medir.
El
diagrama de lumbreras no se puede variar.
El
reglaje de apertura de escape es de 185° máximo.
e)
carrera de pistón: debe ser 54mm. Tolerancia 0,1
f)
pistón: es libre
g)
biela: es libre
h)
cigüeñal: se permite reemplazar los muñones de cigüeñal por otros
supermedidas ,y el enchavetamiento del mismo.se permite el balanceo .
i)
flaper: no se permite
alterar el sistema de admisión. La caja de flapers es de 6 láminas, de 0,4 a0,6
mm de espesor. Debe tener cada corte longitudinal 49mm (mas –menos 0,5mm) y
18,5mm (mas –menos 0,5mm) de ancho. Las chapas que limitan su apertura deben
ser originales. No pudiéndose variar su apertura ni quitar.
j)
escape: el caño de escape es totalmente libre en su forma y dimensiones. No
se puede alterar la salida de escape del cilindro.
k)
tubo de admisión: se permite reemplazar el tubo de admisión por otra
construcción libre, siendo su longitud mínima de 40 mm, desde la base del
cilindro hasta la boca de salida del carburador.
l)
se
permite
la modificación de resortes de embrague y la elaboración de las tuercas de
fijación para evitar su aflojamiento.
m)
encendido: es libre
n)
arranque: es optativo
n)
se permiten reemplazar piezas originales por otras que no lo sean manteniendo
las mismas dimensiones, funciones y material
NOTA: Son
parte integrante del presente reglamento los siguientes anexos
ANEXO
01: Diagrama del desarrollo del cilindro con las
medidas y posiciones de las lumbreras de motor Agrale
ANEXO
02: Diagrama de los ángulos de las lumbreras con
respecto al giro del cigüeñal del cilindro del motor Agrale
ANEXO
03: Medidas de la barra antivuelco ART.05 y ART.06
Dispositivos aerodinámicos.
Roman
Mandes
Presidente F
5 del Sudeste
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