lunes, 1 de enero de 2018

NUEVAS NORMAS

Al margen de la reprochable reacción del DT, lamentablemente en muchos vehículos se observan más pasajeros de lo permitido. Qué dice la ley.
Uno de los videos más viralizados en las últimas horas es el incidente que protagonizó el DT de la selección argentina, Jorge Sampaoli, al discutir con un agente de tránsito en Casilda, en la provincia de Santa Fe.
"Me hacés caminar dos cuadras, boludo. Cobrás 100 pesos por mes, gil", se alcanza a oír de parte del ex DT del Sevilla, que fue retirado del automóvil en el que viajaba, en el que al parecer se trasladaba 8 personas en el vehículo, que no conducía el entrenador.
Al margen de la polémica reacción de Sampaoli y lo que dijo al efectivo que integraba el control vial, lamentablemente esa infracción se observa a menudo en la vía pública en la Argentina. La cantidad de personas que pueden viajar en un vehículo está directamente relacionada con el número de cinturones de seguridad que hay en el vehiculo.
Así lo establece la Ley de Tránsito N° 24.449, la cual señala la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad por parte de los ocupantes del vehículo. Y si bien algunos conductores creen que el uso del cinturón es realmente necesario en rutas o autopistas, es decir al conducir a altas velocidades, ese concepto es completamente errado. La mayor cantidad de los incidentes ocurre a una velocidad cercana a los 40 km/h y a esa velocidad una colisión puede producir en los ocupantes, producto de la fuerte desaceleración, lesiones al golpear contra el parabrisas o el mismo volante.
Y en caso de trasladar la cantidad de pasajeros apropiados para el vehículos (en el caso de un sedán 5 ocupantes), es necesario el uso del cinturón de seguridad, fundamentalmente en el sector trasero. En caso de una frenada brusca o un golpe, los acompañantes de las butacas traseras salen proyectados hacia adelante, impactando contra los tripulantes delanteros, que pese a llevar el cinturón de seguridad colocado, reciben el impacto desde atrás.
Si se excede el número de ocupantes de un vehículo, además de no poder utilizar el cinturón de seguridad como corresponde, también se excede el peso del diseño del automóvil, lo que puede afectar, en forma negativa, su comportamiento. 
Además, es necesario tener en cuenta la reglamentación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial: los menores de 10 años deben ir siempre atrás y con las sillas y asientos adecuados a su peso.
Tras la aprobación en el Senado de la Reforma Tributaria, mirá cuáles son los modelos que gozarán de la rebaja de precio. El caso de las motos es distinto.
Finalmente se eliminó la primera escala de los impuestos internos, que fundamentalmente afectaban a los vehículos de media gama, al aprobarse en el Senado el paquete de la Reforma Tributaria. A partir de ahora varios modelos reducirán su valor de venta luego de transformarse en ley uno de los proyectos impulsados por el Poder Ejecutivo nacional.
Desde la asunción de la nueva gestión, a cargo de Mauricio Macri, se anuncio la intención de eliminar los impuestos internos, que durante el Gobierno anterior se habían implementado para frenar o controlar la importación de vehículos, aunque ello derivó en una fuerte distorsión de precios entre diversos modelos.
¿A qué vehículos afecta esta nueva medida? A los que se encuentran entre la franja de valor desde 380.000 pesos y 900.000. Los que están por encima de ese valor mantendrán el impuesto. La industria automotriz nacional aguardaba con suma expectativa esta reforma, ya que en varios vehículos la rebaja corresponde a un 8 por ciento, aproximadamente. Es más, algunas marcas ya habían mostrado su preocupación durante los últimos 40 días, ya que advertían que el mercado no avanzaba debido a que se esperaba esta medida y muchas operaciones no se efectuaban hasta que no se implementara.
En el caso de Toyota, por ejemplo, mantenía su plan de ventas y anunciaba que en caso de aprobarse la reforma, la marca japonesa devolvía ese valor en cuanto se aprobaba el proyecto de ley. Otras marcas directamente no vendían en concesionarios a la espera de la sanción en el Congreso. De todas formas, en el puerto de Zárate ya había acumulación de unidades, que estaban a la espera de esa resolución.

¿Cuáles son los modelos que reducirían sus valores de venta en los concesionarios? Citroën C4 Picasso y C4 Grand Picasso, Peugeot 508, 3008 y 5008, Volkswagen Passat y Golf GTI, Ford Mondeo y S-Max, Honda Civic y CR-V, Audi A1 y Q2, BMW Serie 1, Mercedes-Benz Smart y Clase A y Mini Cooper y Countryman. En las próximas horas también se anunciarán nuevos precios y lanzamientos, tal los casos de Land Rover y Volvo.
Mirá cuáles son los cambios que rigen desde ahora en cuanto al uso de las luces del automóvil.
Finamente salió la ley. Desde el Congreso de la Nación se sancionó una serie de modificaciones a la Ley de Tránsito N° 24.449. Con esas modificaciones, se puso en vigencia el nuevo uso de las luces de los vehículos en la vía pública en todo el país.
En ambas cámaras se aprobó la modificación a los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de dicha ley. En esa variante se destaca que los fabricantes e importadores deberán disponer en las unidades 0 Kilómetro de un elemento que “permita en forma automática el encendido de las luces bajas o de las luces diurnas (sistema DRL) en el instante en que el motor del mismo sea puesto en marcha".
De esta forma, todas las unidades nuevas que se incorporen en el tránsito vehicular, desde ahora encenderán las luces cada vez que se los pone en marcha, tal como se utiliza desde hace varios años tanto en Europa como en los Estados Unidos.
Asimismo, a partir de ahora quedan permitidas las luces de giro traseras en color rojo, ya que su uso era exclusivamente en color amarillo. Este cambio obedece fundamentalmente para facilitar el ingreso de vehículos procedentes desde los Estados Unidos, donde la configuración de este tipo de luces es de color rojo.
También en la modificación a la ley se distingue el nuevo uso de las luces intermitentes de emergencia, conocidas popularmente como “balizas”. Hasta ahora su uso era exclusivo ante el estacionamiento del vehículo. Desde ahora deben usarse también para “la detención en zonas de peaje, peligrosas y también frente a una ejecución de maniobra riesgosa”.

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