Al margen de la reprochable reacción del DT,
lamentablemente en muchos vehículos se observan más pasajeros de lo permitido.
Qué dice la ley.
Uno de los videos más viralizados en las últimas
horas es el incidente que protagonizó el DT de la selección argentina, Jorge
Sampaoli, al discutir con un agente de tránsito en Casilda, en la provincia de
Santa Fe.
"Me hacés caminar dos cuadras, boludo.
Cobrás 100 pesos por mes, gil", se alcanza a oír de parte del ex
DT del Sevilla, que fue retirado del automóvil en el que viajaba, en el
que al parecer se trasladaba 8 personas en el vehículo, que no conducía el
entrenador.
Al margen de la polémica reacción de Sampaoli y lo
que dijo al efectivo que integraba el control vial, lamentablemente esa
infracción se observa a menudo en la vía pública en la Argentina. La cantidad
de personas que pueden viajar en un vehículo está directamente relacionada con
el número de cinturones de seguridad que hay en el vehiculo.
Así lo establece la Ley de Tránsito N°
24.449, la cual señala la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad
por parte de los ocupantes del vehículo. Y si bien algunos conductores creen
que el uso del cinturón es realmente necesario en rutas o autopistas, es decir
al conducir a altas velocidades, ese concepto es completamente errado. La
mayor cantidad de los incidentes ocurre a una velocidad cercana a los 40 km/h y a esa velocidad
una colisión puede producir en los ocupantes, producto de la fuerte desaceleración,
lesiones al golpear contra el parabrisas o el mismo volante.
Y en caso de trasladar la cantidad de pasajeros
apropiados para el vehículos (en el caso de un sedán 5 ocupantes), es necesario
el uso del cinturón de seguridad, fundamentalmente en el sector trasero. En
caso de una frenada brusca o un golpe, los acompañantes de las butacas traseras
salen proyectados hacia adelante, impactando contra los tripulantes delanteros,
que pese a llevar el cinturón de seguridad colocado, reciben el impacto desde
atrás.
Si se excede el número de ocupantes de un vehículo,
además de no poder utilizar el cinturón de seguridad como corresponde, también
se excede el peso del diseño del automóvil, lo que puede afectar, en forma
negativa, su comportamiento.
Además, es necesario tener en cuenta la
reglamentación de la
Agencia Nacional de Seguridad Vial: los menores de 10
años deben ir siempre atrás y con las sillas y asientos adecuados a su
peso.
Tras la aprobación en el Senado de la Reforma Tributaria ,
mirá cuáles son los modelos que gozarán de la rebaja de precio. El caso de las
motos es distinto.
Finalmente se eliminó la primera escala de los
impuestos internos, que fundamentalmente afectaban a los vehículos de media
gama, al aprobarse en el Senado el paquete de la Reforma Tributaria.
A partir de ahora varios modelos reducirán su valor de venta luego de
transformarse en ley uno de los proyectos impulsados por el Poder Ejecutivo
nacional.
Desde la asunción de la nueva gestión, a cargo de
Mauricio Macri, se anuncio la intención de eliminar los impuestos internos, que
durante el Gobierno anterior se habían implementado para frenar o controlar la
importación de vehículos, aunque ello derivó en una fuerte distorsión de
precios entre diversos modelos.
¿A qué vehículos afecta esta nueva medida? A los
que se encuentran entre la franja de valor desde 380.000 pesos y 900.000. Los
que están por encima de ese valor mantendrán el impuesto. La industria
automotriz nacional aguardaba con suma expectativa esta reforma, ya que en
varios vehículos la rebaja corresponde a un 8 por ciento, aproximadamente. Es
más, algunas marcas ya habían mostrado su preocupación durante los últimos 40
días, ya que advertían que el mercado no avanzaba debido a que se esperaba esta
medida y muchas operaciones no se efectuaban hasta que no se implementara.
En el caso de Toyota, por ejemplo, mantenía su plan
de ventas y anunciaba que en caso de aprobarse la reforma, la marca japonesa
devolvía ese valor en cuanto se aprobaba el proyecto de ley. Otras marcas
directamente no vendían en concesionarios a la espera de la sanción en el
Congreso. De todas formas, en el puerto de Zárate ya había acumulación de
unidades, que estaban a la espera de esa resolución.
¿Cuáles son los modelos que reducirían sus valores
de venta en los concesionarios? Citroën C4 Picasso y C4 Grand Picasso, Peugeot
508, 3008 y 5008, Volkswagen Passat y Golf GTI, Ford Mondeo y S-Max, Honda
Civic y CR-V, Audi A1 y Q2, BMW Serie 1, Mercedes-Benz
Smart y Clase A y Mini Cooper y Countryman. En las próximas horas
también se anunciarán nuevos precios y lanzamientos, tal los casos de Land
Rover y Volvo.
Mirá cuáles son los cambios que rigen desde
ahora en cuanto al uso de las luces del automóvil.
Finamente
salió la ley. Desde el Congreso de la
Nación se sancionó una serie de modificaciones a la Ley de Tránsito N° 24.449. Con
esas modificaciones, se puso en vigencia el nuevo uso de las luces de los
vehículos en la vía pública en todo el país.
En
ambas cámaras se aprobó la modificación a los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de
dicha ley. En esa variante se destaca que los fabricantes e importadores
deberán disponer en las unidades 0 Kilómetro de un elemento que “permita en
forma automática el encendido de las luces bajas o de las luces
diurnas (sistema DRL) en el instante en que el motor del mismo sea puesto en
marcha".
De
esta forma, todas las unidades nuevas que se incorporen en el tránsito
vehicular, desde ahora encenderán las luces cada vez que se los pone en marcha,
tal como se utiliza desde hace varios años tanto en Europa como en los Estados
Unidos.
Asimismo,
a partir de ahora quedan permitidas las luces de giro traseras en color rojo,
ya que su uso era exclusivamente en color amarillo. Este cambio obedece
fundamentalmente para facilitar el ingreso de vehículos procedentes desde los
Estados Unidos, donde la configuración de este tipo de luces es de color rojo.
También
en la modificación a la ley se distingue el nuevo uso de las luces
intermitentes de emergencia, conocidas popularmente como “balizas”. Hasta ahora
su uso era exclusivo ante el estacionamiento del vehículo. Desde ahora deben
usarse también para “la detención en zonas de peaje, peligrosas y también
frente a una ejecución de maniobra riesgosa”.
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